Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Artículo 228
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 228.- Son aplicables a las obligaciones ya sus cupones, en lo conducente, los artículos 77, párrafo final, 81, 90, 127, 130, 132, 139, 140, 142, 148, 149, 151 al 162, 164, 166 al 169 y 174, párrafo final.
Artículo reformado DOF 31-08-1933
CAPITULO V Bis
De los Certificados de Participación
Capítulo adicionado DOF 31-12-1946
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- AMPAROS ANTERIORES A JULIO DE 1924. (s/clave)
- AMPAROS, CONTINUACION DE LOS. (s/clave)
- OBLIGACIONES PERIODICAS. (s/clave)
- LEY AGRARIA DE 6 DE ENERO DE 1915. (s/clave)
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
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