Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública · Titulo PRIMERO — DISPOSICIONES GENERALES · Capitulo II — De los Principios Generales · Seccion Segunda — De los Principios en Materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Artículo 14
Vigencia verificada: 8 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 14. El ejercicio del derecho de acceso a la información no podrá ser restringido ni estará condicionado a que la persona solicitante acredite interés alguno, ni a que justifique el uso que hará de la información solicitada.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DERECHO DE PETICION. (s/clave)
- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. LOS SUJETOS OBLIGADOS EN SU CALIDAD DE DEPOSITARIOS DEBEN NOTIFICAR Y OBTENER EL CONSENTIMIENTO DE LOS PARTICULARES TITULARES DE LA (2a. XI/2019 (10a.))
- DERECHO DE PETICION. (s/clave)
- POSESIONES Y DERECHOS. (s/clave)
- DOCUMENTOS PUBLICOS. (s/clave)
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