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Modo: Corpus Pro

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Artículo 96

Ordenamiento: Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 8 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 96. Si la denuncia no versa sobre presuntos incumplimientos a las obligaciones de transparencia establecidas en la presente Ley, o se refiere al ejercicio del derecho de acceso a la información o al trámite del recurso de revisión, la Autoridad garante dictará un acuerdo de desechamiento y, en su caso, dejará a salvo los derechos de la persona promovente para que los haga valer por la vía y forma correspondientes.

Las Autoridades garantes, en el ámbito de sus competencias, deben notificar al sujeto obligado la denuncia dentro de los siete días siguientes a su admisión.

Fuente oficial: consultar publicación

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