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Modo: Corpus Pro

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Artículo 159 BIS 6

Ordenamiento: Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-01-19

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 159 BIS 6.- Quien reciba información ambiental de las autoridades competentes, en los términos del presente Capítulo, será responsable de su adecuada utilización y deberá responder por los daños y perjuicios que se ocasionen por su indebido manejo.

Artículo adicionado DOF 13-12-1996

TÍTULO SEXTO

Medidas de Control y de Seguridad y Sanciones

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Denominación del Capítulo reformada DOF 13-12-1996

Fuente oficial: consultar publicación

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