Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas… · Libro PRIMERO — DE LO SUSTANTIVO · Titulo SEGUNDO — DE LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS · Capitulo II — Reglas comunes para los delitos previstos en esta Ley
Artículo 46
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 46. La responsabilidad de las personas jurídicas será determinada conforme a lo señalado en el Código Penal Federal y Código Federal de Procedimientos Penales.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DELITOS. (s/clave)
- RESOLUCIONES JUDICIALES. (s/clave)
- REGLAMENTOS GUBERNATIVOS Y DE POLICIA. (s/clave)
- REGLAMENTOS GUBERNATIVOS Y DE POLICIA. (s/clave)
- AUTORIDAD RESPONSABLE. (s/clave)
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