Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes
Artículo Transitorio ÚNICO (Julio 2018)
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Periódico Oficial del Estado, con excepción de la Reforma al
Artículo 113, que entrará en vigor el 15 de octubre de 2019.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- EXPROPIACION. (s/clave)
- REVALIDACION CONTENCIOSA. (s/clave)
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
- LEY DE 12 DE SEPTIEMBRE DE 1902. (s/clave)
- DIARIO OFICIAL. (s/clave)
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