Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México · Capitulo PRIMERO — DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 8
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 8. La persona titular del Poder Ejecutivo del Estado expedirá los reglame ntos interiores, los
acuerdos, circulares y otras disposiciones que tiendan a regular el funcionamiento de las dependencias
del Ejecutivo y autorizará la expedición de los manuales administrativos.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REGLAMENTACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- EJECUTIVO Y SENADO, ACTOS DE LOS. (s/clave)
- CIRCULARES Y ACUERDOS DEL EJECUTIVO. (s/clave)
- CONTRATO LEY, REQUISITOS DEL. (s/clave)
- SECRETARIOS DE ESTADO. (s/clave)
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