Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo
Artículo Transitorio Cuarto
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
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CUARTO.- Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, en un plazo no mayor a
120 días naturales a la entrada en vigor del presente Decreto, deberán emitir los reglamentos interiores,
estatutos orgánicos y manuales que sean necesarios para la operatividad de las áreas que la conforman.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DECRETO DE VEINTE DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO. (s/clave)
- REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- CONTRATO LEY, REQUISITOS DEL. (s/clave)
- LEYES Y DECRETOS. (s/clave)
- PODERES PUBLICOS. (s/clave)
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