Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 16
Vigencia verificada: 29 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 16. Es facultad exclusiva de la Persona Titular del Poder Ejecutivo
Estatal, nombrar y remover libremente a las personas titulares de las Secretarías,
Dependencias y organismos auxiliares.
Los nombramientos de las personas titulares de las Secretarías y Dependencias
serán suscritos exclusivamente por la Persona Titular del Poder Ejecutivo Estatal.
Asimismo, será facultad de la Persona Titular del Poder Ejecutivo Estatal, nombrar
y remover a las personas servidoras públicas cuyo nombramiento o remoción no
esté determinado de otro modo en la Constitución Estatal o en otras leyes del
Estado.
Los nombramientos de las personas servidoras públicas considerados de
confianza, expedidos por la Persona Titular del Poder Ejecutivo Estatal y titulares
de las Secretarías y Dependencias, cesarán sus efectos al término del periodo de
administración, o bien, a la separación anticipada al término de este, sin perjuicio
de la aplicación de la normativa aplicable.
El reglamento interior de cada una de las Secretarías y Dependencias determinará
la forma en que la persona titular de las mismas y las personas titulares de las
unidades administrativas que las integran, podrán ser suplidas en sus ausencias.
Asimismo regularán la figura del encargado del despacho.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SECRETARIAS DE ESTADO. (s/clave)
- RELACIÓN DE TRABAJO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. SE ESTABLECE CON LOS TITULARES DE LAS SECRETARÍAS Y DEPENDENCIAS DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO Y NO C (2a./J. 45/2006)
- RELACIÓN DE TRABAJO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. SE ESTABLECE CON LOS TITULARES DE LAS SECRETARÍAS Y DEPENDENCIAS DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO Y NO C (1041)
- AUTORIDADES RESPONSABLES DEL PODER EJECUTIVO, SEÑALAMIENTO NECESARIO DE LAS, NO SATISFECHO AL SEÑALARSE AL TITULAR DE LA DEPENDENCIA RESPECTIVA. (s/clave)
- SECRETARIAS Y DEPARTAMENTOS DE ESTADO. PROMOCIONES. REVISION INTERPUESTA POR EL OFICIAL MAYOR DE UNA SECRETARIA DE ESTADO POR AUSENCIA DEL TITULAR Y DE UNO DE LOS SUBSECRETARIOS. (s/clave)
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