Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 80
Vigencia verificada: 23 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
artículo 80; el párrafo primero del artículo 81; el artículo 86; la fracción VI del artículo 87; los artículos 91, 97 y 99; s e
adiciona la fracción XX, recorriéndose en su orden la vigente XX para ser XXI, al artículo 4; las fracciones XXVII y
XXVIII, recorriéndose en su orden las vigentes XXVII a la XXXVI, para ser las XXIX a la XXXVIII, al artículo 23; las
fracciones XXV y XXVI, recorriéndose en su orden las vigentes XXV y XXVI para ser XXVII y XXVIII, al artículo 38; y se
deroga la fracción IX del artículo 9; y el artículo 30 del presente ordenamiento, por ARTÍCULOS PRIMERO, SEGUNDO
y TERCERO dispositivos, del Decreto No. 605, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 6475
Extraordinaria, de fecha 2025/10/03. Vigencia: 2025/10/03. Podrá consultar la publicación oficial en la siguiente liga:
https://periodico.morelos.gob.mx/obtenerPDF/2025/6475.pdf
Periódico Oficial 6349 Extraordinaria “Tierra y Libertad”
Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.
- Se reforma la fracción XVIII del artículo 4; la fracción X del artículo 9; el artículo 12; el párrafo segundo del artículo 13 ;
la fracción XVI del artículo 14; la fracción XIX del artículo 24; el artículo 31; el párrafo tercero del artículo 46; el párr afo
tercero del artículo 54; el artículo 63; el artículo 68; el párrafo primero y las fracciones I y II del artículo 70; el párra fo
primero del artículo 71; los artículos 73 y 75 , del presente ordenamiento, por ARTÍCULO SEGUNDO dispositivo del
Decreto No. 1105, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 6517 Extraordinaria, de fecha 2026/01/27.
Vigencia: 2026/01/28. P odrá consultar la publicación oficial en la siguiente liga:
https://periodico.morelos.gob.mx/obtenerPDF/2026/6517.pdf
- Se reforman las fracciones XXX y XXXI y se adiciona la fracción XXXII, todo del artículo 37 del presente ordenamiento,
por ARTÍCULO SEGUNDO dispositivo del Decreto No. 1066, pub licado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número
6518 Alcance, de fecha 2026/01/28. Vigencia: 2026/01/29. P odrá consultar la publicación oficial en la siguiente liga:
https://periodico.morelos.gob.mx/obtenerPDF/2026/6518_%20ALCANCE.pdf
- Se reforman las fracciones L y LI del artículo 25 y se adiciona la fracción LII al artículo 25 del presente ordenamiento,
por ARTÍCULO ÚNICO del Decreto No. 1158, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 6544 Alcance,
de fecha 2026/03/25. Vigenc ia: 2026/03/26. Podrá consultar la publicación oficial en la siguiente liga :
https://periodico.morelos.gob.mx/obtenerPDF/2026/6544%20Alcance.pdf
Periódico Oficial 6349 Extraordinaria “Tierra y Libertad”
Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.
Al margen superior izquierdo un escudo del estado de Morelos que dice: “TIERRA
Y LIBERTAD”. LA TIERRA VOLVERÁ A QUIENES LA TRABAJAN CON SUS
MANOS.- PODER LEGISLATIVO.- LV LEGISLATURA.- 2021-2024.
SAMUEL SOTELO SALGADO, SECRETARIO DE GOBIERNO DEL ESTADO DE
MORELOS, EN SUPLENCIA POR SEPARACIÓN DEL CARGO DEL
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MORELOS, ACTUANDO TANTO POR MINISTERIO DE LEY CONFORME A LOS
ARTÍCULOS 63 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, 22, FRACCIÓN I, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MORELOS Y 9, FRACCIÓN I, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DE GOBIERNO, Y EN TÉRMINOS DEL OFICIO GOG/0078/2024;
ASÍ COMO CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 44, 47, Y 70, FRACCIÓN
XVII, INCISO A), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, A SUS HABITANTES SABED:
La Quincuagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano
de Morelos, en ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del artículo 40 de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, aprobó al tenor
de lo siguiente:
Los integrantes de Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación de la LVI
Legislatura, presentaron a consideración del Pleno el DICTAMEN CON
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY ORGÁNICA DE
LA ADMINISTRACIÓ N P ÚBLICA PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MORELOS; Y SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE DISTINTAS
LEYES VIGENTES EN EL ESTADO DE MORELOS, en los siguientes términos:
“I.- ANTECEDENTES
a) En Sesión Ordinaria del Pleno de la Quincuagésima Sexta Legislatura,
llevada a cabo el día 25 del mes de septiembre del año 2024, las y los Diputados
Sergio Omar Livera Chavarría, Guillermina Maya Rendón, Jazmín Juana Solano
López, Rafael Reyes Reyes, Nayla Carolina Ruíz Rodríguez, Alfredo Domínguez
Mandujano, Alfonso de Jesús Sotelo Martínez, Martha Melissa Montes de Oca
Periódico Oficial 6349 Extraordinaria “Tierra y Libertad”
Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.
Montoya, Isaac Pimentel Mejía y Brenda Espinoza López, integrantes del Grupo
Parlamentario del Partido MORENA, así como la Diputada Ruth Cleotilde
Rodríguez López, del Partido Nueva Alianza Morelos y el Diputado Luis Eduardo
Pedrero González, del Partido Verde Ecologista de México, todos integrantes de la
Quincuagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado de Morelos
presentaron el proyecto de Decreto que deroga, reforma y adiciona las leyes
mencionadas en el epígrafe del presente dictamen.
b). En consecuencia, la diputada Jazmín Juana Solano López, Presidenta de la
Mesa Directiva de la LVI Legislatura del Congreso del Estado de Morelos, ordenó
el turno respectivo la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, mediante
oficio SSLyP/DPLyP/AÑO1/P.O.1/019/24, para su análisis y dictamen
correspondiente.
c) En reunión ordinaria de esta Comisión Legislativa de fecha 25 de septiembre de
dos mil veinticuatro y existiendo el quórum legal establecido en la normativa
interna del Congreso del Estado, las diputadas y diputados integrantes de la
misma, después de analizar y discutir la iniciativa de mérito y realizar la valoración
respectiva aprobamos el Dictamen en SENTIDO POSITIVO, para ser sometido a
consideración del Pleno del Congreso del Estado.
II.- MATERIA DE LA INICIATIVA
La iniciativa propuesta por las diputadas y diputados integrantes Partido
MORENA, por la diputada de la Fracción Parlamentaria del Partido Nueva Alianza
Morelos y por el Diputado de la Fracción Parlamentaria del Partido Verde
Ecologista de México antes mencionados, tiene por objetivos los siguientes:
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE MORELOS NO TIENE EL CARÁCTER DE DEMANDADO, CUANDO SE COMBATE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE DICHO ESTADO.- (5)
- REFRENDO DE LOS DECRETOS PROMULGATORIOS DEL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE MORELOS. LA REFORMA AL ARTÍCULO 76 DE LA CONSTITUCIÓN LOCAL NO GENERA UNA CONSTITUCIONALIDAD S (PC.XVIII. J/5 A (10a.))
- ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE MORELOS NO TIENE EL CARÁCTER DE DEMANDADO, CUANDO SE COMBATE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE DICHO ESTADO. (14)
- ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE MORELOS NO TIENE EL CARÁCTER DE DEMANDADO, CUANDO SE COMBATE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE DICHO ESTADO. (P./J. 1/99 )
- LEY DEL SERVICIO CIVIL DEL ESTADO DE MORELOS. EL ESTUDIO DE SU INCONSTITUCIONALIDAD DEBE HACERSE CONFORME A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y NO CON BASE E (XVIII.4o.5 L (9a.))
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis