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Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos

Artículo *53 bis

Ordenamiento: Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2024-01-25

Vigencia verificada: 15 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo *53 bis. La Fiscalía Especializada en la Investigación y Persecución de

Delitos de Tortura tiene competencia en todo el territorio del Estado, y cuenta con

plena a utonomía técnica y operativa para el conocimiento, investigación y

persecución de los delitos previstos en Ley General para Prevenir, Investigar y

Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes,

competencia de la Fiscalía General.

Fuente oficial: consultar publicación

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