Ley Orgánica de la Universidad Tecnológica de Calvillo del Estado de Aguascalientes
Artículo TERCERO
Vigencia verificada: 30 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO TERCERO.- El Consejo Directivo expedirá el Reglamento Interior de la
Universidad, dentro del plazo de 90 días, contados a partir de la integración e
instalación del Consejo Directivo.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REGLAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL EXPEDIDO POR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA. DEBE SER REFRENDADO POR EL JEFE DEL PROPIO DEPARTAMENTO. (2a. CV/95 )
- REGLAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL EXPEDIDO POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. DEBE SER REFRENDADO POR EL JEFE DEL PROPIO DEPARTAMENTO.- (2369)
- CONSEJO SUPERIOR DE SALUBRIDAD. (s/clave)
- CONTRATO LEY, REQUISITOS DEL. (s/clave)
- DIARIO OFICIAL. (s/clave)
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