Ley Orgánica de la Universidad Tecnológica de Calvillo del Estado de Aguascalientes
Artículo SEGUNDO
Vigencia verificada: 18 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Consejo Directivo deberá quedar instalado dentro del
plazo de 30 días hábiles a partir del día siguiente al inicio de la vigencia del presente
Decreto.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DECRETO DE VEINTE DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO. (s/clave)
- CONTRATO LEY, REQUISITOS DEL. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
- PROMULGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
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