Ley Orgánica del Instituto de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal del Estado de Morelos · Titulo TERCERO — DE LA ORGANIZACION DEL INSTITUTO · Capitulo I — DE LOS ORGANOS DEL INSTITUTO
Artículo 8
Vigencia verificada: 22 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo *8.- La Junta de Gobierno es el máximo órgano del Instituto y se integrará
por las Persona Titilares de las Presidencias Municipales de la Entidad o bien, por
la persona del Ayuntamiento que cada uno designe para representarlo.
Así como la persona legisladora que presida la Comisión de For talecimiento
Municipal, Desarrollo Regional, Pueblos y Comunidades Indígenas y
Afromexicanas del Congreso del Estado, quien contara con derecho a voz, pero
sin voto.
El cargo de persona integrante de la Junta de Gobierno tendrá el carácter de
honorífico.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE. - Reformado por Artículo Único del Decreto No. 530, publicado en el
01. Vigencia:
2025/10/02. Antes decía:
Fuente oficial: consultar publicación
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