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Modo: Corpus Pro

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Artículo 245

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 245.

En términos de la fracción XV, del artículo 17 de esta Ley, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuidará que las publicaciones del Semanario Judicial de la Federación se realicen con oportunidad y llevará a cabo todas aquellas tareas que fueren necesarias para la adecuada difusión de las tesis y jurisprudencias que hubieren emitido los órganos competentes del Poder Judicial de la Federación.

CAPÍTULO VIII

Del personal del Poder Judicial de la Federación

Fuente oficial: consultar publicación

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