LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SINALOA
Artículo 14
Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 14.- El Supremo Tribunal de Justicia ejercerá su función jurisdiccional en todo el Estado.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONSTITUCION. (s/clave)
- CONTIENDAS JURISDICCIONALES. (s/clave)
- CONTIENDAS JURISDICCIONALES. (s/clave)
- CONTIENDAS JURISDICCIONALES. (s/clave)
- REVISION DE OFICIO. (s/clave)
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