Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes

Artículo 172

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-10-05

Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 172.- El documento de entrega recepción deberá contener:

I. Acta administrativa;

II. La estructura orgánica de la Dirección hasta el nivel jerárquico de departamento;

III. Una relación que señale el marco jurídico de actuación de la Dirección;

IV. Formas debidamente requisitadas;

V. Inventario completo de los equipos, de los activos fijos y otros que tengan

asignados a su cargo; y

VI. Toda la información y archivos, en cualquiera de sus formatos.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 171Índice de la leyArt. 173 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis