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Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo.

Artículo 37

Ordenamiento: Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo. · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: 2026-08-27

Vigencia verificada: 14 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 37.- El Ayuntamiento saliente, fungirá hasta el momento en que se haga la toma de protesta

del electo para el siguiente período. Inmediatamente después, el nuevo presidente hará la siguiente

declaratoria; “Quedó legítimamente instalado el Ayuntamiento del Muni cipio de

______________________ que deberá funcionar durante los años de _____“.

Fuente oficial: consultar publicación

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Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)

ARTÍCULO 37.- El Ayuntamiento saliente, fungirá hasta el momento en que se haga la toma de protesta

del electo para el siguiente período. Inmediatamente después, el nuevo presidente hará la siguiente

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