Ley para la Prevención de la Violencia en el entorno Escolar del Estado de Tamaulipas
Artículo 34
Vigencia verificada: 27 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 34. Los lineamientos serán incluidos en el programa de capacitación de todo trabajador de la educación y docente que pertenezca a una institución educativa pública o privada.
CAPÍTULO V BIS
DE LAS BRIGADAS ESCOLARES SOBRE LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR
Fuente oficial: consultar publicación
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