Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley para la Prevención, Protección, Atención y Asistencia a las Víctimas de los Delitos en materia de Trata de

Artículo 1

Ordenamiento: Ley para la Prevención, Protección, Atención y Asistencia a las Víctimas de los Delitos en materia de Trata de Personas del Estado de Morelo · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2024-03-06

Vigencia verificada: 23 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 1. Las disposiciones de esta ley son de orden público, interés social y de

observancia general en el estado de Morelos; tienen por objeto implementar las

acciones para la prevención protección, atención a las víctimas, posibles víctimas y

ofendidos de los delitos de trata de personas y demás que establece la Ley General

para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y

para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

Se establecen por lo tanto mecanismos efectivos para tutelar la vida, la dignidad, la

libertad, la integridad y la seguridad de las personas, así como el libre desarrollo de

niñas, niños y adolescentes, cuando sean amenazados o lesionados por la comisión

de los referidos delitos y vigilar que se garantice la reparación del daño.

Fuente oficial: consultar publicación

Índice de la leyArt. 2 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)

Artículo 1. Las disposiciones de esta ley son de orden público, interés social y de

observancia general en el estado de Morelos; tienen por objeto implementar las

acciones para la prevención protección, atención a las víc timas, posibles víctimas

y ofendidos de los delitos de trata de personas y demás que establece la Ley

General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de

Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

Se establecen por lo tanto mecanismos efectivos para tutelar la vida, la dignidad,

la libertad, la integridad y la seguridad de las personas, así como el libre desarrollo

de niñas, niños y adolescentes, cuando sean amenazados o lesionados por la

comisión de los referidos delitos y vigilar que se garantice la reparación del daño.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2024-03-06)

Artículo 1. Las disposiciones de esta ley son de orden público, interés social y de

observancia general en el estado de Morelos; tienen por objeto implementar las

acciones para la prevención protección, atención a las víc timas, posibles víctimas

y ofendidos de los delitos de trata de personas y demás que establece la Ley

General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de

Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

Se establecen por lo tanto mecanismos efectivos para tutelar la vida, la dignidad,

la libertad, la integridad y la seguridad de las personas, así como el libre desarrollo

de niñas, niños y adolescentes, cuando sean amenazados o lesionados por la

comisión de los referidos delitos y vigilar que se garantice la reparación del daño.

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos .

Dirección General de Legislación.

Subdirección de Jurismática.

Ley para la Prevención, Protección, Atención y Asistencia a las Víctimas de los Delitos en materia de Trata de Personas del E stado de Morelos

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis