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Modo: Corpus Pro

Ley para Regular las Agrupaciones Financieras

Artículo 192

Ordenamiento: Ley para Regular las Agrupaciones Financieras · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-14

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 192.- El Comité de Educación Financiera contará con un Secretario Ejecutivo que será el Titular de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro, así como con un Secretario Técnico que será un representante de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.

Al Secretario Ejecutivo y al Secretario Técnico les corresponderá el ejercicio de las atribuciones que el Comité establezca en sus reglas de operación.

CAPÍTULO V

Del intercambio de información

Fuente oficial: consultar publicación

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