Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera · Titulo IV — de este ordenamiento y en los demás actos administrativos, darán lugar a la imposición de las sanciones administrativas y penales que correspondan, sin que dichas contravenciones produzcan la nulidad de los actos, en protección de terceros de buena fe, salvo que esta Ley establezca expresamente lo contrario. · Capitulo II — De los Delitos · Seccion segunda — Delitos para la Protección del Patrimonio de los Clientes de las ITF y de las Sociedades Autorizadas para operar con Modelos Novedosos.
Artículo 121
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 121.- Serán sancionados con prisión de tres a nueve años y multa de 5,000 a 150,000 UMA, los accionistas, socios, consejeros, funcionarios, directivos, administradores, empleados o proveedores de una ITF o de una sociedad o Entidad Financiera u otro sujeto supervisado por alguna Comisión Supervisora o por el Banco de México, autorizado para operar con Modelos Novedosos, que desvíen los recursos, fondos de pago o activos virtuales de sus Clientes o de las propias ITF, para cualquier fin distinto al que se haya pactado.
Cuando el desvío contemplado en el párrafo anterior, tenga como consecuencia el quebranto o perjuicio de la ITF o de una sociedad o Entidad Financiera u otro sujeto supervisado por alguna Comisión Supervisora o por el Banco de México, autorizado para operar con Modelos Novedosos, se impondrán las siguientes sanciones:
I. Cuando el monto del quebranto o perjuicio patrimonial, según corresponda, exceda de 2,200 UMA y no de 57,000 UMA; se sancionará con prisión de cuatro a diez años y multa de 7,000 a 170,000 UMA.
II. Cuando el monto del quebranto o perjuicio patrimonial según corresponda, exceda de 57,000, pero no de 400,000 UMA, se sancionará con prisión de cinco a once años y multa de 9,000 a 200,000 UMA.
III. Cuando el monto del quebranto o perjuicio patrimonial según corresponda, exceda de 400,000, UMA, se sancionará con prisión de seis a doce años y multa de 10,000 a 250,000 UMA.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO. EL ARTÍCULO 100, FRACCIÓN XXII, DE LA LEY RELATIVA, QUE SANCIONA LAS OPERACIONES PROHIBIDAS QUE REALICEN LAS ADMINISTRADORAS Y SOCIEDADES DE INVE (2693)
- SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO. EL ARTÍCULO 100, FRACCIÓN XXII, DE LA LEY RELATIVA, QUE SANCIONA LAS OPERACIONES PROHIBIDAS QUE REALICEN LAS ADMINISTRADORAS Y SOCIEDADES DE INVE (2a. XCV/99 )
- DELITO DE CAPTACIÓN IRREGULAR DE RECURSOS PREVISTO EN LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO. NO VULNERA LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD, EN SU VERTIENTE DE TAXATIVIDAD, NI DE EXACTA APLIC (1a./J. 137/2025 (11a.))
- FRAUDE, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE. (s/clave)
- INFRACCIONES LEVES. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis