Corpus
Modo: Corpus Pro

Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera

Artículo 37

Ordenamiento: Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-14

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 37.- La CNBV deberá mencionar específicamente en la autorización que otorgue el tipo de ITF que corresponda a dicha autorización, así como las Operaciones específicas que esta podrá realizar de conformidad con lo previsto en esta Ley. Las ITF que hayan obtenido autorización para realizar algún tipo de Operaciones y con posterioridad pretendan realizar otro tipo de Operaciones dentro de las permitidas para cada ITF en particular, deberán solicitar una nueva autorización y, para obtenerla, deberán acreditar el cumplimiento de lo siguiente:

I. Que las Operaciones de que se trate se encuentren expresamente señaladas en sus estatutos sociales en términos de esta Ley;

II. Que cuenten, en su caso, con los órganos de gobierno y la estructura corporativa para realizar las operaciones que pretendan llevar a cabo, de acuerdo con lo establecido en esta Ley y en las disposiciones de carácter general que para tal efecto emita la CNBV;

III. Que cuenten con la infraestructura y los controles internos necesarios para realizar las operaciones que pretendan llevar a cabo, tales como sistemas operativos, contables y de seguridad, oficinas, así como los manuales respectivos, conforme a las disposiciones de carácter general aplicables en términos de esta Ley, y

IV. Que se encuentren al corriente en el pago de las sanciones impuestas por incumplimiento a esta Ley que hayan quedado firmes, así como en el cumplimiento de las observaciones y acciones correctivas que, en ejercicio de sus funciones, hubiere dictado la CNBV o el Banco de México.

Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Banco de México para autorizar a las ITF a realizar sus respectivas Operaciones con activos virtuales y moneda extranjera, las cuales están sujetas a las disposiciones de carácter general que para tal efecto emita el Banco de México.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 36Índice de la leyArt. 38 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.