Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos… · Titulo II — De las Controversias Constitucionales · Capitulo VIII — De los recursos · Seccion I — De la reclamación
Artículo 52
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 52. El recurso de reclamación deberá interponerse en un plazo de cinco días y en él deberán expresarse agravios y acompañarse pruebas.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- JUNTAS, TERMINOS EN LAS. (s/clave)
- SUPLICA. (s/clave)
- QUEJA. (s/clave)
- QUEJA. (s/clave)
- RECONSIDERACION. (s/clave)
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