RECONSIDERACION.
Si este recurso no está fijado por ninguna ley, respecto del acto que se reclama en amparo, no interrumpe el plazo para interponer éste.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3585/27. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 25 de noviembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Urbina. Relator: Jesús Guzmán Vaca.
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