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Reglamento de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Morelos en Mate

Artículo 43

Ordenamiento: Reglamento de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Morelos en Materia de Fusiones, Divisiones, F · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2018-03-16

Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 43.-Para la tramitación de un conjunto urbano, se requerirá que en la

solicitud suscrita por el o los propietarios o el solicitant e, se señale la ubicación del

predio, clave catastral y superficie total, y se deberá adjuntar la siguiente

documentación en original o copia certificada:

I. Solicitud por escrito en el formato que expida la Dirección, en caso de no ser

propietario, prese ntar carta poder o poder notarial que lo acredite como

solicitante,manifestando bajo protesta de decir verdad, que las facultades con

las que promueve en su representación no le han sido revocadas o modificadas

con anterioridad;

II. Escritura pública o título de propiedad;

III. Licencia de uso del suelo con plano autorizado vigente conforme a la

normatividad aplicable;

IV. Resolutivo de Impacto Ambiental;

V. Factibilidad de agua potable emitida por la autoridad competente para cada

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Morelos en Materia de Fusiones, Divisiones, Fraccionamientos, Condominios y Conjuntos Urbanos

uno de los lotes o unidades condominales;

VI. Factibilidad de conexión a drenaje o descarga de aguas residuales emitida

por la autoridad competente conforme a las dimensiones del proyecto;

VII. Certificado de libertad de gravamen expedido con una antelación no mayor

a seis meses;

VIII. Boleta predial actualizada;

IX. Plano catastral, certificado y verificado en campo vigente, conforme a la

normatividad aplicable;

X. De ser el caso, voluntad de destinar la superficie o lotes determinados de la

propiedad a régimen de condominio dentro del conjunto urbano, firmado por el o

los propietarios;

XI. De ser el caso, reglamento del o los condominios, firmados por el o los

propietarios, en dos originales;

XII. Calendario y presupuesto detallado de las obras de urbanización a

municipalizar o de uso común, así como los de edificación, firmados por el

perito responsable y propietario;

XIII. Especificaciones y memoria descriptiva del proyecto, firmados por el perito

responsable y propietario;

XIV. Factibilidad de suministro de energía eléctrica exp edida por la Comisión

Federal de Electricidad;

XV. Plano del conjunto urbano, identificando de manera precisa las áreas

vendibles y aquellas destinadas a ser municipalizadas, en siete copias firmadas

en original por el o los propietarios y el perito responsable;

XVI. Plano o planos generales del proyecto arquitectónico, de ser el caso, de

las unidades condominales a edificar, en dos copias firmadas en original por el

perito responsable;

XVII. Plano general de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctrica s y

pluviales, en dos copias firmadas en original por el o los propietarios y perito

responsable;

XVIII. Informe de predio emitido por el Registro Agrario Nacional;

XIX. Presentar cuadro de áreas e indivisos en disco compacto en formato de

word y plano general del condominio georeferenciado con coordenadas UTM en

Autocad;

XX. En caso de que, en términos de Ley, el área de donación sea pagada en

forma pecuniaria, deberá presentar avalúo comercial emitido por institución de

crédito, corredor público o persona que cuente con cédula profesional de

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Morelos en Materia de Fusiones, Divisiones, Fraccionamientos, Condominios y Conjuntos Urbanos

valuador expedida por la Secretaría de Educación Pública, de conformidad con

lo dispuesto por el artículo 150 de la Ley, y

XXI. Fianza que garantice la totalidad en la conclusión de las obras de

urbanización y, en su caso, de uso común del condominio y aquellas destinadas

a ser municipalizadas.

Fuente oficial: consultar publicación

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Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)

Para la tramitación de un conjunto urbano, se requerirá que en la solicitud suscrita por el o los propietarios o el solicitante, se señale la ubicación del predio, clave catastral y superficie total, y se deberá adjuntar la siguiente documentación en original o copia certificada:

I. Solicitud por escrito en el formato que expida la Dirección, en caso de no ser propietario, presentar carta poder o poder notarial que lo acredite como solicitante, manifestando bajo protesta de decir verdad, que las facultades con las que promueve en su representación no le han sido revocadas o modificadas con anterioridad;

II. Escritura pública o título de propiedad;

III. Licencia de uso del suelo con plano autorizado vigente conforme a la normatividad aplicable;

IV. Resolutivo de Impacto Ambiental;

V. Factibilidad de agua potable emitida por la autoridad competente para cada uno de los lotes o unidades condominales;

VI. Factibilidad de conexión a drenaje o descarga de aguas residuales emitida por la autoridad competente conforme a las dimensiones del proyecto;

VII. Certificado de libertad de gravamen expedido con una antelación no mayor a seis meses;

VIII. Boleta predial actualizada;

IX. Plano catastral, certificado y verificado en campo vigente, conforme a la normatividad aplicable;

X. De ser el caso, voluntad de destinar la superficie o lotes determinados de la propiedad a régimen de condominio dentro del conjunto urbano, firmado por el o los propietarios;

XI. De ser el caso, reglamento del o los condominios, firmados por el o los propietarios, en dos originales;

XII. Calendario y presupuesto detallado de las obras de urbanización a municipalizar o de uso común, así como los de edificación, firmados por el perito responsable y propietario;

XIII. Especificaciones y memoria descriptiva del proyecto, firmados por el perito responsable y propietario;

XIV. Factibilidad de suministro de energía eléctrica expedida por la Comisión Federal de Electricidad;

XV. Plano del conjunto urbano, identificando de manera precisa las áreas vendibles y aquellas destinadas a ser municipalizadas, en siete copias firmadas en original por el o los propietarios y el perito responsable;

XVI. Plano o planos generales del proyecto arquitectónico, de ser el caso, de las unidades condominales a edificar, en dos copias firmadas en original por el perito responsable;

XVII. Plano general de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas y pluviales, en dos copias firmadas en original por el o los propietarios y perito responsable;

XVIII. Informe de predio emitido por el Registro Agrario Nacional;

XIX. Presentar cuadro de áreas e indivisos en disco compacto en formato de word y plano general del condominio georeferenciado con coordenadas UTM en Autocad;

XX. En caso de que, en términos de Ley, el área de donación sea pagada en forma pecuniaria, deberá presentar avalúo comercial emitido por institución de crédito, corredor público o persona que cuente con cédula profesional de valuador expedida por la Secretaría de Educación Pública, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 150 de la Ley, у

XXI. Fianza que garantice la totalidad en la conclusión de las obras de urbanización y, en su caso, de uso común del condominio y aquellas destinadas a ser municipalizadas.

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