Corpus
Modo: Corpus Pro

Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos

Artículo 128

Ordenamiento: Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 128. La Distribución puede llevarse a cabo mediante Ductos, Auto-tanques, Semirremolques, Vehículos de Reparto, Recipientes Portátiles, Recipientes Transportables sujetos a presión, así como los demás medios que establezca la Comisión en la Normatividad aplicable, que incluye instalaciones para la Guarda, recepción y entrega para su venta a las personas Permisionarias de Expendio al Público o personas Usuarias Finales, o su entrega a las personas Usuarias que contraten la prestación del servicio, en términos de la Ley, del presente reglamento y demás Normatividad aplicable.

Los vehículos tales como Auto-tanques o Vehículos de Reparto destinados a la Distribución por medios distintos a Ductos de Gas Licuado de Petróleo, incluidos los que se estacionen o pernocten dentro de la Central de Resguardo, deben contar con póliza de seguros con cobertura de daños a terceros vigente en términos de la Normatividad emitida por la Agencia.

Para efectos de la actividad de Distribución se debe entender por:

I. Conducción: Acción de desplazar Gas Natural o Petrolíferos a través de Ductos desde uno o más puntos de origen a uno o más puntos de destino a través de un Trayecto definido, y

II. Traslado: Acción de desplazar Gas Natural o Petrolíferos a través de Recipientes Transportables sujetos a presión, Recipientes Portátiles, o Recipientes Transportables no sujetos a presión desde uno o más puntos de origen a uno o más puntos de destino específicos a través de Rutas definidas.

Para efectos de lo anterior, los permisos se pueden otorgar para la Distribución por medio de Ductos o por medios distintos a Ductos, conforme a las modalidades que para tal efecto determine la Comisión.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 127Índice de la leyArt. 129 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.