Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Artículo 33 Septies
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 33 Septies.- Las comisiones temporales a que se refiere el artículo 18 de la Ley se autorizarán hasta por un término de tres años. Dicha comisión podrá renovarse hasta por otros tres años si persiste el interés y utilidad para la Secretaría. La Comisión de Personal analizará previamente cada caso que se presente, a fin de determinar la utilidad de la comisión, el perfil idóneo de la persona que se propone sea comisionada, las posibles aportaciones y, en su caso, la viabilidad de la misma, a efecto de emitir su recomendación al Secretario.
Para determinar el perfil idóneo al que se refiere el párrafo anterior, la Comisión de Personal tomará como elementos base para su análisis, el perfil del puesto en el que se propone sea comisionado el interesado, en concordancia con el o los perfiles de los cargos que ha ocupado el mismo, su experiencia laboral, así como su progreso en el Plan de Carrera y las posibles aportaciones que realizará a favor de la Secretaría al finalizar el término que haya sido autorizado.
En los casos de comisiones a instituciones de educación superior, éstas podrán concederse para la realización de actividades académicas o directivas. Las comisiones para la realización de estudios podrán otorgarse cuando sean de utilidad para la Secretaría de conformidad con los convenios que para tales efectos ésta celebre con las instituciones correspondientes.
Cada autorización especificará claramente el lugar, el cargo a ocupar y las fechas de inicio y término para los efectos administrativos a que haya lugar.
Artículo adicionado DOF 02-11-2018
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CENTRALIZADA. LAS MEDIDAS DE ESTABILIDAD PREVISTAS EN LA LEY RELATIVA A FAVOR DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS PERTEN (III.3o.T.21 L (10a.))
- COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA. DELEGACIÓN EXPRESA DE FACULTADES A LOS GERENTES ESTATALES.- (320)
- PERSONALIDAD. EL DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, SE ENCUENTRA AUTORIZADO PARA TRANSMITIR A LOS APODERADOS QUE ÉL DESIGNE LA FACULTAD PARA QUE ÉSTOS A SU VE (116)
- FACULTAD REGLAMENTARIA. INCLUYE LA CREACION DE AUTORIDADES Y LA DETERMINACION DE LAS QUE ESPECIFICAMENTE EJERCERAN LAS FACULTADES CONCEDIDAS. (s/clave)
- PERSONALIDAD. EL DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, SE ENCUENTRA AUTORIZADO PARA TRANSMITIR A LOS APODERADOS QUE ÉL DESIGNE LA FACULTAD PARA QUE ÉSTOS A SU VE (VIII.1o.44 L)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis