Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor
Artículo 102
Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 102.- El Número Internacional Normalizado para Public aciones Periódicas deberá aparecer
en el ángulo superior derecho de la portada o cubierta de cada uno de los fascículos de la publicación
seriada o en lugar visible.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PERIODICOS. (s/clave)
- PUBLICACION DE PERIODICOS. (s/clave)
- PERIODICOS, DERECHOS PARA USAR LOS NOMBRES DE. (s/clave)
- DIARIO OFICIAL. (s/clave)
- NOTIFICACIONES POR MEDIO DE PERIODICOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis