Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor
Artículo 152
Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 152.- El Instituto publicará anualmente junto con la lista de árbitros, el arancel del
procedimiento, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial.
Del arancel se cubrirán los gastos de notificación, substanciación y control del procedimiento, así como
los honorarios de los árbitros.
Los honorarios de todos los árbitros serán iguales.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- AGRARIO. INFORME JUSTIFICADO, MULTA QUE SE IMPONE A LA AUTORIDAD RESPONSABLE POR NO RENDIRLO NI ACOMPAÑAR CONSTANCIAS. (s/clave)
- PLANES DE ARBITRIOS, PUBLICACION DE. (s/clave)
- COSTAS EN EL PROCESO. (s/clave)
- ACUERDOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
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