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Modo: Corpus Pro

Reglamento de la Ley General de Bienes del Estado de Morelos

Artículo 33

Ordenamiento: Reglamento de la Ley General de Bienes del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-11-03

Vigencia verificada: 29 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Corresponde a cada unidad administrativa lo siguiente:

I.- Mantener actualizado su inventario general en el apartado de nombre y cargo del servidor público que tenga bajo su resguardo el bien, y

II.- La emisión y control de los resguardos personalizados, en congruencia con la información referida en la fracción anterior.

Fuente oficial: consultar publicación

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