Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica · Capitulo I — Disposiciones Generales
Artículo 33
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 33.- En todos los establecimientos de atención médica, a excepción de los laboratorios y gabinetes, podrán ser aplicadas las vacunas que ordene la Ley y las que, en su caso, señalen los reglamentos, las normas oficiales mexicanas y las que determine la Secretaría.
Párrafo reformado DOF 01-11-2013
En caso necesario, se deberá transferir al paciente a alguna institución oficial para su aplicación.
En ningún caso podrá cobrarse por las vacunas e insumos que para su aplicación, sean proporcionados gratuitamente.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- VACUNACION ANTIVARIOLOSA EN ZACATECAS, COOPERACION DE EMPRESAS PRIVADAS EN LA. (s/clave)
- SALUD. EL DERECHO A SU PROTECCIÓN CONFORME AL ARTÍCULO 4o., TERCER PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ES UNA RESPONSABILIDAD SOCIAL. (49)
- SALUD. EL DERECHO A SU PROTECCIÓN CONFORME AL ARTÍCULO 4o., TERCER PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ES UNA RESPONSABILIDAD SOCIAL. (P./J. 136/2008)
- ACCIÓN DE PAGO. LA EJERCITADA POR UN ASEGURADO, BENEFICIARIO O PENSIONADO, CONTRA EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL NO REQUIERE, PARA SU PROCEDENCIA, QUE EL SERVICIO MÉDICO A (XI.2o.137 C)
- DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD, EN SU VERTIENTE DE VACUNACIÓN. POR ANALOGÍA, LAS REGLAS Y PRINCIPIOS CONTENIDOS EN LA LEY GENERAL DE SALUD APLICABLES AL PROGRAMA DE VACUNACIÓN UNIV (XVII.1o.P.A. J/6 CS (11a.))
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis