Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación Pública · Capitulo VI — ASISTENCIA AL TRABAJO
Artículo 36
ARTICULO 36.- LOS HORARIOS ESTABLECERAN EL TIEMPO LABORABLE, CONCEDIENDO UNA
TOLERANCIA DE DIEZ MINUTOS PARA LLEGAR AL TRABAJO.
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- JORNADA LEGAL. (s/clave)
- SALARIO MINIMO. CUANDO NO PUEDE DISMINUIRSE. (s/clave)
- HORAS EXTRAS. (s/clave)
- HORAS EXTRAORDINARIAS. (s/clave)
- HORAS EXTRAORDINARIAS, PRUEBA DE LAS. (s/clave)
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