SALARIO MINIMO. CUANDO NO PUEDE DISMINUIRSE.
El salario mínimo no puede ser disminuido por el hecho de que el trabajador que contrato por jornada legal, no haya desempeñado el trabajo durante las ocho horas de la jornada.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 744/63. Lavandería Domínguez, S. A. 12 de julio de 1965. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
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