Reglamento de Sesiones de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) . · Capitulo VIII — DE LOS ACUERDOS
Artículo 51
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 51.- La persona titular de la Secretaría Técnica elaborará y validará un documento que contenga los
acuerdos tomados en cada una de las sesiones de la Junta de Gobierno, debiendo hacerlo del conocimiento
de las áreas del Instituto u otras instancias involucradas en su cumplimiento a fin de que estas procedan a su
instrumentación.
CAPÍTULO IX
DE LAS ACTAS DE LA SESIÓN
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONTRATO LEY, REQUISITOS DEL. (s/clave)
- ACUERDOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- FIRMA DEL SECRETARIO DE LA JUNTA. ES INDISPENSABLE EN TODAS LAS ACTUACIONES DE ESTA. (s/clave)
- DOCUMENTOS PROVENIENTES DE TERCEROS. (s/clave)
- ACTUACIONES JUDICIALES. LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS POR LAS PARTES NO LAS CONSTITUYEN. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis