Reglamento del Senado de la República
Artículo 211
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 21
1. En el desempeño de su cargo las senadoras y los senadores son sujetos de las responsabilidades de orden político y penal que establecen la Constitución, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, el Código Penal Federal y los demás ordenamientos aplicables.
2. Asimismo, son responsables por faltas administrativas ya la disciplina parlamentaria en los términos de la Constitución, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley y este Reglamento.
Artículo reformado DOF 25-10-2022
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- RESPONSABILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DE LA FEDERACION, LEY DE. (s/clave)
- RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA. PROCEDIMIENTO A SEGUIR RESPECTO DE CONSEJEROS ELECTORALES LOCALES O DISTRITALES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL.- (187)
- RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. LA LEY FEDERAL RELATIVA DEBE SER APLICADA EN EL DISTRITO FEDERAL PARA REGULAR EN EL ÁMBITO ADMINISTRATIVO LA CONDUCTA DE LOS JUECES DE (P. CLI/2000 )
- EJECUCIÓN DE SENTENCIAS ELECTORALES. LAS AUTORIDADES ESTÁN OBLIGADAS A ACATARLAS, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE NO TENGAN EL CARÁCTER DE RESPONSABLES, CUANDO POR SUS FUNCIONES DEBAN DE (24)
- RESPONSABILIDADES DE SERVIDORES PÚBLICOS. SUS MODALIDADES DE ACUERDO CON EL TÍTULO CUARTO CONSTITUCIONAL.- (111)
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