Reglamento del Senado de la República · Titulo OCTAVO — DE LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES · Capitulo SEGUNDO — DE LAS FACULTADES EXCLUSIVAS DEL SENADO · Seccion QUINTA — DE LA DECLARATORIA DE DESAPARICION DE PODERES Y SOLUCION DE CONFLICTOS ENTRE PODERES DE LOS ESTADOS
Artículo 2501
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 250
1. Cuando el Senado ejerce la facultad que le otorga la fracción V del artículo 76 constitucional, el procedimiento y plazos relativos son los establecidos por la Ley Reglamentaria de dicho ordenamiento y, en lo no previsto, por la Ley y este Reglamento.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- CONSTITUCION. (s/clave)
- REGLAMENTACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY, QUIEN DEBE DECLARARLA. (s/clave)
- FACULTAD REGLAMENTARIA. INCLUYE LA CREACION DE AUTORIDADES Y LA DETERMINACION DE LAS QUE ESPECIFICAMENTE EJERCERAN LAS FACULTADES CONCEDIDAS. (s/clave)
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