Reglamento del Senado de la República
Artículo 2551
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 255
1. Conforme lo disponen los artículos relativos de la Constitución, el Senado realiza los nombramientos para los siguientes cargos:
I. Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;
II. Magistrados de las salas Superior y regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
III. Dos integrantes del Consejo de la Judicatura Federal;
IV. Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos e integrantes del Consejo Consultivo de la misma; y
V. Magistrados del Tribunal Superior Agrario y de los Tribunales Unitarios Agrarios.
2. Al Senado le corresponde hacer los demás nombramientos o pronunciarse sobre ellos, conforme lo disponen las leyes respectivas.
3. Cuando en ejercicio de sus facultades el Senado considere la ratificación o no de servidores públicos en un cargo determinado, la comisión o comisiones encargadas deben solicitar la comparecencia de dichos servidores, a efecto de respetar su garantía de audiencia y conocer su interés jurídico respecto a su posible permanencia en el cargo y las razones para ello, a fin de contar con elementos objetivos de juicio para determinar la procedencia o no de las respectivas ratificaciones. En todo caso, el dictamen que se emita deberá fundar y motivar adecuadamente la decisión correspondiente, la que deberá ser notificada a los interesados una vez aprobada por el Pleno.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE GUERRERO. EN EL PROCEDIMIENTO COMPLEJO PARA LA EMISIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA SU NO RATIFICACIÓN EN EL CARGO, (XXI.2o.P.A.36 A)
- TRIBUNALES CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVOS ESTATALES. ENCUENTRAN FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 116 CONSTITUCIONAL, POR LO QUE NO ES VIOLATORIO DE LA FRACCIÓN III DEL MISMO (1a. CLXXXI/2004)
- SECRETARIOS ENCARGADOS DEL DESPACHO POR MINISTERIO DE LEY, SENTENCIAS PRONUNCIADAS POR LOS. CARECEN DE VALIDEZ, SI NO SE CUENTA CON LA AUTORIZACION EXPRESA CONFERIDA POR LA SUPREMA (1010)
- SECRETARIOS ENCARGADOS DEL DESPACHO POR MINISTERIO DE LEY, SENTENCIAS PRONUNCIADAS POR LOS. CARECEN DE VALIDEZ, SI NO SE CUENTA CON LA AUTORIZACION EXPRESA CONFERIDA POR LA SUPREMA (V.2o. J/83)
- TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. CONTRA LAS DETERMINACIONES ADOPTADAS EN MATERIA DE RESPONSABILIDADES DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS, RESULTA IMPROCEDENTE EL JUI (I.7o.A.309 A)
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