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Reglamento del Senado de la República · Titulo SEGUNDO — DEL ESTATUTO DE LAS SENADORAS Y LOS SENADORES · Capitulo PRIMERO — DE LA INMUNIDAD

Artículo 61

Ordenamiento: Reglamento del Senado de la República · Ámbito: Federal
Última reforma: 2024-12-06

Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 6

1. Durante el ejercicio de su encargo, los senadores tienen la inmunidad que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes. Dicha inmunidad inicia una vez que se rinde la protesta señalada en el artículo 128 de la Constitución y concluye el último día de ejercicio del cargo.

2. Los senadores son responsables por los delitos que cometen durante el tiempo en que ejerzan su cargo. Para que se proceda penalmente en su contra, deben cumplirse los requisitos, trámites y procedimientos que establecen la Constitución y la normativa aplicable.

3. En los casos de faltas de orden administrativo en que incurren los senadores durante el ejercicio del cargo, los requisitos, trámites y procedimientos son los que establece la legislación aplicable.

Fuente oficial: consultar publicación

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