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Modo: Corpus Pro

Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo Estatal

Artículo 18

Ordenamiento: Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo Estatal · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 11 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 18. A la persona titular de la Dirección General de Gestión Administrativa,

le corresponden las atribuciones específicas siguientes:

I. Proponer y difundir las políticas administrativas y lineamientos que promuevan

la disciplina en el gasto administrativo de la Administración Pública

Centralizada, previamente aprobadas por la persona titular de la Secretaría;

II. Coordinar en la materia de su competencia a las UEFA con el fin de

establecer un modelo de ahorro y mejores prácticas en el uso y

aprovechamiento de los bienes y servicios que el personal de la Administración

Pública Centralizada requiera o utilice en el ejercicio de sus funciones;

III. Determinar los bienes y servicios de uso ge neralizado que deban adquirirse

de manera consolidada, en beneficio de la Administración Pública Centralizada;

IV. Gestionar la contratación consolidada de los bienes y servicios de uso

generalizado en la Administración Pública Estatal;

V. Coordinar la gestión del pago de bienes y servicios de uso generalizado;

VI. Evaluar la información del gasto de los bienes y servicios de uso

generalizado, y establecer lineamientos que permitan el ahorro y uso racional

de los mismos;

VII. Coordinar, capacitar, dirigi r y controlar a las UEFA de la Administración

Pública Estatal, conforme a la política aprobada por la persona titular de la

Secretaría;

VIII. Emitir constancias y certificaciones, relativas al uso o situación financiera

de equipos de telefonía y de cualquier otro servicio de uso generalizado;

IX. Proporcionar asesoría a las UEFA respecto a los diferentes procesos

administrativos a cargo de la Dirección General, de tal manera que realicen sus

trámites con apego a las políticas establecidas;

X. Coordinar y armonizar en forma conjunta con las Unidades Administrativas,

los programas, proyectos, metas estratégicas e indicadores, que contribuyan al

cumplimiento del Plan Estatal de Desarrollo e informes gubernamentales a que

haya lugar, con base en los lineamientos y la Normativa;

XI. Identificar y solicitar ante la Dirección General de Recursos Humanos de la

Secretaría, los requerimientos de personal, entre ellos, las altas, bajas,

reingresos, cambios de plaza, permutas, modificaciones a datos personales,

cambios de nombramiento, licencias, reanudaciones de labores, reexpediciones

de pago, suspensiones de relación laboral, cambios de unidad administrativa,

cambios de clave nominal, cambios de adscripción, y demás que sean

necesarios para el funcionamiento de la Unidad Administrativa correspondiente;

Fuente oficial: consultar publicación

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