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Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo Estatal

Artículo 18 (cont.)

Ordenamiento: Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo Estatal · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 11 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

XII. Reclutar y seleccionar a las personas candidatas a ingresar a la Secretaría

o gestionar la contratación de las personas previamente seleccionadas por la

persona titular de la Unidad Administrativa solicitante o d e la persona titular de

la Secretaría, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección

General de Recursos Humanos de la Secretaría;

XIII. Detectar las necesidades de capacitación y desarrollo del personal y

solicitar su gestión, asimismo br indar la apertura para la evaluación del

desempeño conforme lo solicite la Dirección General de Recursos Humanos de

la Secretaría;

XIV. Identificar las necesidades operativas de las Unidades Administrativas y

solicitar a la Dirección General de Recursos Hu manos de la Secretaría, la

asignación de personas prestadoras de servicio social y prácticas profesionales;

XV. Tramitar la baja o suspensión de las personas trabajadoras, en términos de

la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos y la Normativa;

XVI. Atender las disposiciones relativas a seguridad e higiene en el trabajo que

emita la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría;

XVII. Solicitar la adquisición, enajenación, comodato, destino o cualquier otra

afectación de los bienes inmueble s a la Dirección General de Patrimonio de la

Secretaría, en apego a la Normativa;

XVIII. Coordinarse con el almacén de la Dirección General de Patrimonio de la

Secretaría; para la entrega -recepción de los bienes inventariables, y llevar a

cabo el control de los resguardos e informar los cambios a la citada Dirección

General;

XIX. Registrar los contratos de servicios básicos y arrendamientos y, cuando

resulte necesario, solicitar el pago de los servicios de uso generalizado,

conforme a la Normativa;

XX. S olicitar la baja, alta o transferencia de bienes muebles y activos

intangibles, así como la actualización de los resguardos, de acuerdo con los

lineamientos establecidos por la Dirección General de Patrimonio de la

Secretaría;

XXI. Asegurarse de que el man tenimiento preventivo y correctivo del parque

vehicular en propiedad, uso, destino o cualquier otra figura bajo la cual se

encuentre a favor de la Secretaría, se realice en tiempo y forma conforme a los

lineamientos de la Dirección General de Servicios de la Secretaría;

XXII. Solicitar a la unidad administrativa competente, los servicios que requiera

la Secretaría, incluyendo el trámite de servicio de señalamientos y logotipos de

Fuente oficial: consultar publicación

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