Reglamento Interior de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo Estatal
Artículo 2
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 2. La Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo Estatal, en términos del
artículo 74, primer párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Morelos, 9, fracción VIII y 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
para el Estado Libre y Soberano de Morelos, es la Secretaría encargada de
coordinar el Sistema Estatal de Salud, así como coadyuvar en el funcionamiento y
consolidación del Sistema Nacional de Salud.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE MORELOS NO TIENE EL CARÁCTER DE DEMANDADO, CUANDO SE COMBATE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE DICHO ESTADO.- (5)
- PROTECCIÓN CIVIL. LA LEY RELATIVA PARA EL ESTADO DE MORELOS QUE ESTABLECE DISPOSICIONES TENDIENTES A LA PREVENCIÓN, PROTECCIÓN Y AUXILIO DE LA POBLACIÓN ESTATAL ANTE SITUACIONES DE (1a. XX/2001 )
- SERVICIOS SANITARIOS COORDINADOS, ACCION DE LOS MEDICOS SIN TITULO REGISTRADO, QUE ACTUAN EN LOS ESTADOS. (s/clave)
- ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE MORELOS NO TIENE EL CARÁCTER DE DEMANDADO, CUANDO SE COMBATE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE DICHO ESTADO. (14)
- ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE MORELOS NO TIENE EL CARÁCTER DE DEMANDADO, CUANDO SE COMBATE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE DICHO ESTADO. (P./J. 1/99 )
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-11-01)
Artículo 2. La Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo Estatal, en términos del
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-28)
Artículo 2. La Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo Estatal, en términos del
artículo 74, primer párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Morelos, 9, fracción VIII y 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Aprobación 2024/10/10
Publicación 2024/11/13
Vigencia 2024/11/13
Expidió Poder Ejecutivo del Estado de Morelos
Periódico Oficial 6366 “Tierra y Libertad”
Reglamento interior de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo Estatal
Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.
Dirección General de Legislación.
Subdirección de Jurismática.
Última Reforma: Texto Original
6 de 27
para el Estado Libre y Soberano de Morelos, es la Secretaría encargada de
coordinar el Sistema Estatal de Salud, así como coadyuvar en el funcionamiento y
consolidación del Sistema Nacional de Salud.
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