Corpus
Modo: Corpus Pro

Reglamento Interior de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo Estatal

Artículo 5

Ordenamiento: Reglamento Interior de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo Estatal · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-11-03

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 5. Para el despacho de los asuntos de su competencia, la Secretaría

contará con las Unidades Administrativas siguientes:

I. La Oficina de la Persona Titular de la Secretaría;

II. La Secretaría Técnica;

III. La Dirección General de Proyectos y Políticas Públicas en Salud;

IV. La Dirección General de Coordinación y Supervisión;

V. La Dirección General de Vinculación y Participación Social;

VI. La UEJ, y

VII. La UEFA.

La e structura orgánica de la Secretaría estará integrada por las Unidades

Administrativas, el personal técnico y administrativo que se requiera para el

ejercicio de sus atribuciones, que conforme a la suficiencia presupuestal y previo

dictamen funcional corres pondiente, se señalen en este Reglamento, los

Manuales Administrativos y en las disposiciones aplicables. El nivel y categoría

serán determinados por la Secretaría de Administración y la Secretaría de

Hacienda, en sus respectivas competencias.

Fuente oficial: consultar publicación

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