Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de Morelos
Artículo 140
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 140. El área Coordinadora de Archivos tendrá las funciones
siguientes:
I. Las contenidas en el artículo 13 de los Lineamientos Archivísticos;
II. Las que le encomiende la o el presidente del Tribunal; y,
III. Las demás que le confiera este reglamento, los Lineamientos Archivísticos y
otros ordenamientos aplicables en la materia.
CAPÍTULO XVI
DE LA DESINCORPORACIÓN
DE BIENES MUEBLES Y VEHÍCULOS
Fuente oficial: consultar publicación
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-28)
El área Coordinadora de Archivos tendrá las funciones siguientes: I. Las contenidas en el artículo 13 de los Lineamientos Archivísticos; II. Las que le encomiende la o el presidente del Tribunal; y, III. Las demás que le confiera este reglamento, los Lineamientos Archivísticos y otros ordenamientos aplicables en la materia.
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