Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de Morelos
Artículo 159
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 159. De la recepción y apertura de propuestas. El procedimiento de
recepción y apertura de propuestas podrá realizarse en sesión de pleno privada,
de acuerdo con las formalidades previstas para la licitación pública. En caso de
que a juicio de la o el presidente del Tribunal, no resulte necesario realizar sesión
pública, se procederá conforme a lo siguiente:
I. En la invitación se señalará el lugar, horario y plazo en que deberán ser
presentadas las propuestas;
II. Las propuestas serán recibidas en sobres cerrados; y
III. Para la apertura de las propuestas, invariablemente asistirá un representante
la Entidad Superior de Auditoria y Fiscalización del Congreso del Estado de
Morelos, el Titular de la Secretaría General y la Dirección Administrativa.
Los plazos para la presentación de las propuestas se fijarán en cada operación
atendiendo a la complejidad para elaborar las ofertas.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- RECLAMACIÓN. ES PROCEDENTE CONTRA EL AUTO DICTADO POR LA SALA INSTRUCTORA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, EN QUE DECLARA CERRADA LA ETAPA DE DESAHOGO DE PRUEBAS PARA (XVIII.2o.6 A )
- JUICIO POLÍTICO EN EL ESTADO DE MORELOS. ES IMPROCEDENTE LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL CONTRA LA RESOLUCIÓN DICTADA POR EL CONGRESO DE LA ENTIDAD COMO JURADO DE DECLARACIÓN. (168)
- JUICIO POLÍTICO EN EL ESTADO DE MORELOS. ES IMPROCEDENTE LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL CONTRA LA RESOLUCIÓN DICTADA POR EL CONGRESO DE LA ENTIDAD COMO JURADO DE DECLARACIÓN. (P./J. 154/2005)
- MULTAS FISCALES. EL SUBSECRETARIO DE INGRESOS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN DEL GOBIERNO ESTATAL, DE CONFORMIDAD CON EL ABROGADO REGLAMENTO INTERIOR QUE REGÍA A ESA DEP (I.7o.A.484 A)
- REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO. NO SUSTITUYE A LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL. (s/clave)
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-28)
De la recepción y apertura de propuestas. El procedimiento de recepción y apertura de propuestas podrá realizarse en sesión de pleno privada, de acuerdo con las formalidades previstas para la licitación pública. En caso de que a juicio de la o el presidente del Tribunal, no resulte necesario realizar sesión pública, se procederá conforme a lo siguiente:
I. En la invitación se señalará el lugar, horario y plazo en que deberán ser presentadas las propuestas;
II. Las propuestas serán recibidas en sobres cerrados; y
III. Para la apertura de las propuestas, invariablemente asistirá un representante la Entidad Superior de Auditoria y Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos, el Titular de la Secretaría General y la Dirección Administrativa.
Los plazos para la presentación de las propuestas se fijarán en cada operación atendiendo a la complejidad para elaborar las ofertas.
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