Reglamento para la Prestación del Servicio Social de las Licenciaturas en Terapia Física y Terapia Ocupacional… · Capitulo II — Naturaleza del Servicio Social
Artículo 6
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 6.- La prestación del Servicio Social es de carácter obligatorio de conformidad con
la Ley Reglamentaria del
Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones,
así como a la Ley General de Salud y la Ley General de Educación.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- TITULO PROFESIONAL. (s/clave)
- PROFESIONISTAS, CUANDO SON SUJETOS DE DERECHO OBRERO. (395)
- PROFESIONISTAS, CUÁNDO SON SUJETOS DE DERECHO OBRERO.- (444)
- LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- PROFESIONISTAS, CUÁNDO SON SUJETOS DE DERECHO OBRERO. (264)
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