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Reglamento para la Prestación del Servicio Social de las Licenciaturas en Terapia Física y Terapia Ocupacional… · Capitulo IX — Faltas Imputables a las y los Pasantes

Artículo 73

Ordenamiento: Reglamento para la Prestación del Servicio Social de las Licenciaturas en Terapia Física y Terapia Ocupacional del Sistema Nacional… · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 73.- Serán consideradas como faltas:

I. Realizar dentro del horario de servicio, otras actividades diferentes a las que le

asignaron. La Jefatura de Departamento de Enseñanza e Investigación o de

Programas Comunitarios de la Subsede donde la o el Pasante preste su Servicio

Social, aplicará un extrañamiento, deberá enviar una copia a la DGRI y otra a la Sede

a la que pertenezca, donde se anexará al expediente personal de la o el Pasante.

II. Ausentarse de sus actividades dentro del horario establecido, sin el permiso

correspondiente. La Jefatura de Departamento de Enseñanza e Investigación o de

Programas Comunitarios de la Subsede donde la o el Pasante preste su Servicio

Social, aplicará un extrañamiento, deberá enviar una copia a la DGRI y otra a la Sede

a la que pertenezca, donde se anexará al expediente personal de la o el Pasante.

III. Ausentarse injustificadamente tres días hábiles consecutivos, o 10 días no

consecutivos durante el servicio. La Jefatura de Departamento de Enseñanza e

Investigación o de Programas Comunitarios de la Subsede donde la o el Pasante

preste su Servicio Social, aplicará un extrañamiento, deberá enviar una copia a la

DGRI y otra a la Sede a la que pertenezca, donde se anexará al expediente personal

IV. Dejar el servicio para iniciar el disfrute de vacaciones, licencia por gravidez o curso

que hubiesen solicitado, sin haber obtenido la autorización correspondiente por

escrito, ausentándose 3 días hábiles consecutivos o 10 días no consecutivos. La

Jefatura de Departamento de Enseñanza e Investigación o de Programas

Comunitarios de la Subsede donde la o el Pasante preste su Servicio Social,

aplicará un extrañamiento deberá enviar una copia a la Dirección de

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Rehabilitación y otra a la Sede a la que pertenezca, donde se anexará al expediente

personal de la o el Pasante.

V. Faltar a reuniones de trabajo, sesiones consultivas, culturales y/o académicas

convocadas por la Subsede, sin causa justificada. La Jefatura de Departamento de

Enseñanza e Investigación o de Programas Comunitarios de la Subsede donde la

o el Pasante preste su Servicio Social, aplicará un extrañamiento, deberá enviar una

copia a la DGRI. Y otra a la Sede a la que pertenezca, donde se anexará al

expediente personal de la o el Pasante.

VI. Aprovechar los servicios o el personal en asuntos particulares o ajenos a la Subsede

donde realiza Servicio Social. La Jefatura de Departamento de Enseñanza e

Investigación o de Programas Comunitarios de la Subsede donde la o el Pasante

preste su Servicio Social, aplicará un extrañamiento, deberá enviar una copia a la

DGRI y otra a la Sede a la que pertenezca, donde se anexará al expediente personal

VII. Sustraer del establecimiento, documentos, materiales, equipo, instrumental o

medicamentos, sin autorización escrita del Coordinador y/o Subdirector. La

Jefatura de Departamento de Enseñanza e Investigación o de Programas

Comunitarios de la Subsede donde la o el Pasante preste su Servicio Social,

aplicará un extrañamiento, deberá enviar una copia a la DGRI y otra a la Sede a la

que pertenezca, donde se anexará al expediente personal de la o el Pasante.

VIII. Comprometer por su imprudencia, descuido o negligencia, por no atender las

indicaciones del Profesional en Rehabilitación que le Supervisa, la salud y/o

integridad y seguridad de pacientes. La Jefatura de Departamento de Enseñanza

e Investigación o de Programas Comunitarios de la Subsede donde el Pasante

preste su Servicio Social, informará a través de oficio a la DGRI a la Sede a la que

pertenezca, donde se anexará al expediente personal de la o el Pasante.

IX. La sede, de acuerdo a la gravedad de la falta incurrida por el Pasante deberá remitir

el caso al Consejo Académico para su resolución respectiva. El pasante deberá

presentarse ante el Consejo Académico para ser escuchado lo que en su derecho

le corresponda.

X. Causar daños o destruir intencionalmente edificios, instalaciones, equipo, obras,

maquinaria, instrumentos, muebles, útiles de trabajo, materiales y demás objetos

que estén al servicio de la Subsede donde realiza Servicio Social. La Jefatura de

Departamento de Enseñanza e Investigación o de Programas Comunitarios de la

Subsede donde la o el Pasante preste su Servicio Social, aplicará un extrañamiento,

deberá enviar una copia a la DGRI y otra a la Sede a la que pertenezca, donde se

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XI. Incumplimiento de las actividades académicas y/o compromisos programados en

este Reglamento y las asignadas por la DGRI en las fechas señaladas en el

"Cronograma de actividades" de este Reglamento. La Jefatura de Departamento

de Enseñanza e Investigación o de Programas Comunitarios de la Subsede donde

la o el Pasante preste su Servicio Social, aplicará un extrañamiento, donde se

XII. Desatender los requerimientos de información relativos a su Servicio Social, vía

escrita, verbal, telefónica o electrónica. La Jefatura de Departamento de

Enseñanza e Investigación o de Programas Comunitarios de la Subsede donde la

o el Pasante preste su Servicio Social, aplicará un extrañamiento, deberá enviar una

copia a DGRI, y otra a la Sede a la que pertenezca, donde se anexará al expediente

personal de la o el Pasante.

XIII. Cobrar para beneficio personal, a particulares o derechohabientes, por cualquier

servicio que esté incluido en sus actividades dentro del horario señalado y en los

establecimientos donde presten su Servicio Social. La Jefatura de Enseñanza e

Investigación o de Programas Comunitarios de la Subsede donde la o el Pasante

preste su Servicio Social, aplicará un extrañamiento, deberá enviar una copia a la

DGRI y otra a la Sede a la que pertenezca, donde se anexará al expediente personal

XIV. Celebrar reuniones o actos de carácter político o índole ajena a los intereses de la

Subsede, dentro de los establecimientos donde realiza el Servicio Social. La

Jefatura de Enseñanza e Investigación o de Programas Comunitarios de la

Subsede donde la o el Pasante preste su Servicio Social, aplicará un extrañamiento,

deberá enviar una copia a la DGRI y otra a la Sede a la que pertenezca, donde se

XV. Incurrir en actos de violencia, acoso, amagos, injurias o malos tratos discriminación,

contra las autoridades de la Subsede, compañeros, pacientes o contra familiares

de unos u otros, ya sea dentro o fuera del horario de servicio. La Jefatura de

Departamento de Enseñanza e Investigación o de Programas Comunitarios de la

Subsede donde la o el Pasante preste su Servicio Social, aplicará un extrañamiento,

deberá enviar una copia a la DGRI y otra a la Sede a la que pertenezca, donde se

XVI. Acudir a sus actividades bajo los efectos de bebidas embriagantes, estupefacientes

o psicotrópicos. La Jefatura de Departamento de Enseñanza e Investigación o de

Programas Comunitarios de la Subsede donde la o el Pasante preste su Servicio

Social, aplicará un extrañamiento, deberá enviar una copia a la DGRI y otra a la Sede

a la que pertenezca, donde se anexará al expediente personal de la o el Pasante.

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XVII. Realizar actos inmorales en el establecimiento o en la comunidad donde estén

realizando Servicio Social. La Jefatura de Departamento de Enseñanza e

Investigación o de Programas Comunitarios de la Subsede donde la o el Pasante

preste su Servicio Social, aplicará un extrañamiento, deberá enviar una copia a la

DGRI y otra a la Sede a la que pertenezca, donde se anexará al expediente personal

XVIII. Violar la ética profesional a criterio de la Jefatura de Departamento de Enseñanza

e Investigación o de Programas Comunitarios de la Subsede donde la o el Pasante

preste su Servicio Social, se aplicará un extrañamiento, mismo que deberá enviar

una copia a la DGRI y otra a la Sede a la que pertenezca, donde se anexará al

expediente personal de la o el Pasante.

XIX. Incumplimiento en la elaboración y entrega a la Subsede de los avances del trabajo

de investigación o informe académico de servicio social, así como del seguimiento

del envío de dichos avances a la Subdirección de Enseñanza e Investigación de la

DGRI, La Jefatura de Departamento de Enseñanza e Investigación o de Programas

Comunitarios de la Subsede donde la o el Pasante preste su Servicio Social, aplicará

un extrañamiento, deberá enviar una copia a dicha Dirección y otra a la Sede a la

que pertenezca, donde se anexará al expediente personal de la o el Pasante.

XX. No realizar el Trabajo de Investigación o el informe de Servicio Social, en los tiempos

establecidos. La Jefatura de Departamento de Enseñanza e Investigación o de

Programas Comunitarios de la Subsede donde la o el Pasante preste su Servicio

Social, aplicará un extrañamiento, deberá enviar una copia a la DGRI y otra a la Sede

a la que pertenezca, donde se anexará al expediente personal de la o el Pasante.

En todos los casos anteriores la o el Pasante se hará acreedor a una sanción conforme a lo

establecido en el presente Reglamento.

Capítulo X

Medidas Disciplinarias a las y los Pasantes

Fuente oficial: consultar publicación

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