Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Reglamento para la Prestación del Servicio Social de las Licenciaturas en Terapia Física y Terapia Ocupacional… · Capitulo XII — Cambios de Subsede

Artículo 84

Ordenamiento: Reglamento para la Prestación del Servicio Social de las Licenciaturas en Terapia Física y Terapia Ocupacional del Sistema Nacional… · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 84.- Sólo podrán realizarse cambios de adscripción, cuando exista previa

notificación y autorización de la Dirección de Rehabilitación, en las siguientes situaciones:

I. Cuando la integridad física o moral del prestador de Servicio Social esté en peligro,

por el desempeño de este o se vea afectado, este podrá solicitar su cambio de

Sede; siempre y cuando sea debidamente elaborado, un reporte de la afectación

o riesgo, que sea ratificado por el personal que se encarga de supervisar el

desempeño del prestador de Servicio Social, así mismo que se cuente con el

soporte documental que lo compruebe.

II. Cuando el prestador de Servicio Social solicite el cambio por motivos de salud,

siempre que sea una situación justificada y comprobada, ante las autoridades

correspondientes en la Subsede, la Sede y por la Dirección de Rehabilitación.

III. Cuando la Subsede asignada, no reúna las características referidas en el artículo 61

y 64 de este Reglamento.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 83Índice de la leyArt. 85 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis