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Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y anexos 1, 2 y 22

Artículo 184-C

Ordenamiento: Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y anexos 1, 2 y 22 · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Artículo 184-C de la Ley, Resolución de precios estimados y las reglas 1.4.12. y 1.6.28. de las RGCE.

...

53/LA Autorización y prórroga de dictaminador aduanero.

Trámite

Servicio

Descripción del Trámite o Servicio

Monto

Presenta la solicitud para ser dictaminador aduanero.

Gratuito

Pago de derechos

Costo: $14,144.00 (catorce mil ciento cuarenta y cuatro pesos 00/100 m.n.).

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas.

I. Cuando desees prestar los servicios como dictaminador aduanero.

II. La prórroga de la autorización deberás solicitarla un mes antes del vencimiento de la misma.

¿Dónde puedo presentarlo?

Ante la oficialía de partes de la DGJA, ubicada en Avenida Paseo de la Reforma No. 10, planta baja, colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06030, Ciudad de México, en un horario de lunes a jueves de 9:00 a 18:00 horas y viernes de 9:00 a 15:00 horas.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?

I. Acude con la documentación del trámite ante la oficialía de partes de la autoridad mencionada en el apartado anterior.

II. Entrega la documentación a la autoridad encargada del trámite.

III. Recibe y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

I. Escrito libre en el que deberás manifestar tu grado máximo de estudios.

II. Cartas firmadas en las que manifiestes bajo protesta de decir verdad:

a) No haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delito intencional que merezca pena corporal.

b) No ser servidor público ni militar en servicio activo, ni haber prestado tus servicios en la ANAM.

c) No tener o haber tenido la patente de agente aduanal o autorización de apoderado aduanal o de almacén.

III. Certificado de antecedentes no penales, dentro del orden común, en original, vigente, expedido por la Procuraduría General de Justicia de la entidad donde radique el aspirante, por el área de prevención y readaptación social o bien por la dependencia correspondiente.

IV. Tres cartas de recomendación donde conste tu buena reputación y que contengan además el nombre, domicilio, teléfono y firma de las personas que las emiten, así como la copia simple de la identificación oficial vigente de las personas que suscriben dichas cartas.

V. Constancia de certificación expedida por la empresa que presta el servicio de facilitación del reconocimiento aduanero de mercancías, donde se acredite que eres apto para realizar las actividades inherentes a la autorización que solicitas.

VI. Copia del comprobante de pago de la institución de que se trate, realizado mediante el formato electrónico D9 "Formulario múltiple de pago para comercio exterior", contenido en el Anexo 1 de las RGCE, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6.2. de las RGCE.

Podrás obtener la línea de captura, a través de la liga siguiente: https://anam.gob.mx/formulario-multiple-de-pago-de-comercio-exterior/

¿Con qué condiciones debo cumplir?

I. Estar inscrito y activo en el RFC.

II. Contar con e.firma vigente.

III. Estar al corriente en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.

IV. No te encuentres sujeto a un procedimiento de cancelación de dictaminador aduanero.

V. Aprobar los exámenes correspondientes.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?

¿La ANAM llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este Trámite o Servicio?

Trámite conclusivo.

Sí, se verificará la información proporcionada a través de los sistemas institucionales.

Resolución del Trámite o Servicio

El oficio de autorización de dictaminador aduanero será notificado en las oficinas de la ANAM.

Plazo máximo para que la ANAM resuelva el Trámite o Servicio

Plazo máximo para que la ANAM solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Tres meses.

Tres meses.

Diez días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o Servicio?

¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?

Oficio de respuesta.

Dos años, prorrogables por un plazo igual.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

No aplica.

I. Correo electrónico: denuncias@anam.gob.mx

II. En el Portal de la ANAM:

https://anam.gob.mx/recepcion-de-quejas-y-denuncias/

Información adicional

I. Deberás consultar la información relativa a tu solicitud en el Portal de la ANAM, en el que se publicará, entre otra información, la siguiente:

a) Las cantidades a pagar por los conceptos de los exámenes, así como por la expedición de la autorización de dictaminador aduanero.

b) Listado con el nombre de los aspirantes, lugar, fecha y hora en que sustentarán los exámenes.

II. Es tu responsabilidad presentarte en las fechas y horas señaladas para la aplicación de las evaluaciones, las cuales le serán informadas únicamente a través del Portal de la ANAM.

III. El día del examen deberás presentar lo siguiente:

a) Tres copias de tu identificación oficial.

b) Copia del comprobante de pago de la institución de que se trate, realizado mediante el formato electrónico D9 "Formulario múltiple de pago para comercio exterior", contenido en el Anexo 1 de las RGCE, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6.2. de las RGCE, por el examen para aspirante a dictaminador aduanero, con un costo de $14,390.00 (catorce mil trescientos noventa pesos 00/100 m.n.).

IV. La evaluación consta de 3 etapas:

a) Psicológico,

b) De confiabilidad, y

c) Conocimientos técnicos.

V. Los resultados de los exámenes se deberán consultar en el Portal de la ANAM.

VI. La vigencia de las cartas, constancias y antecedentes no penales, será de tres meses contados a partir de la fecha de su expedición.

VII. Los documentos exhibidos con anterioridad, que se encuentren vigentes al momento de una nueva solicitud, no deberán ser presentados nuevamente.

VIII. En el caso de solicitud de prórroga no tendrás que presentar los exámenes.

IX. El plazo máximo para que la ANAM resuelva el trámite se computará a partir del cumplimiento de la totalidad de los requisitos y condiciones establecidos en la presente ficha de trámite.

X. El pago de derechos deberá realizarse previo a la expedición de la autorización y por su prórroga.

Fundamento jurídico

Artículos 16, 43, 144 y 174 de la Ley y 40, inciso g) y 51, fracción I de la LFD, las reglas 1.2.2., 1.6.2. y 3.1.36. de las RGCE y el Anexo 4 de la RMF.

...

55/LA Autorización para la importación de menaje de casa de un residente permanente en territorio nacional o nacional que fallezca.

Trámite

Servicio

Descripción del Trámite o Servicio

Monto

Presenta la solicitud para obtener la autorización para importar el menaje de casa de un residente permanente en territorio nacional o nacional que fallezca, sin el pago de los impuestos al comercio exterior.

Gratuito

Pago de derechos

Costo: $

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los herederos, el albacea o cualquier otra persona que, de conformidad con el proceso sucesorio y la legislación aplicable, pueda disponer del menaje de casa de un residente permanente en territorio nacional o nacional que fallezca en el extranjero.

Previo a la importación del menaje de casa.

¿Dónde puedo presentarlo?

Ante la oficialía de partes de la ACNCE, sita en Avenida Hidalgo No. 77, colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06300, Ciudad de México de lunes a viernes en un horario de 8:00 a 14:30 horas.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?

I. Acude con la documentación del trámite ante la oficialía de partes de la autoridad mencionada en el apartado anterior.

II. Entrega la documentación a la autoridad encargada del trámite.

III. Recibe y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

I. Escrito libre, en el que deberás manifestar lo siguiente:

a) De la persona fallecida en el extranjero:

1. Nombre.

2. Domicilio donde estableció su residencia.

3. El tiempo de residencia en el extranjero.

b) Del promovente (herederos, albacea o cualquier otra persona, que de conformidad con el proceso sucesorio y la legislación aplicable, pueda disponer del menaje de casa que se encuentre en el extranjero de la persona fallecida en el extranjero):

1. Nombre.

2. La clave en el RFC.

3. Fecha de arribo a territorio nacional del menaje de casa.

4. Inventario de bienes.

5. Bajo protesta de decir verdad, que la mercancía que constituye el menaje de casa fue adquirida, al menos seis meses antes del arribo a territorio nacional.

6. Identificación oficial vigente.

7. Descripción detallada (marca, modelo, número de serie, etc., cuando aplique) y cantidad de cada uno de los bienes que integren el menaje de casa.

II. Documentos de la persona fallecida en el extranjero:

a) Copia certificada u original para su cotejo, del documento con el que acredites la transmisión de los bienes, en tu calidad de heredero, albacea o cualquier otra persona que, de conformidad con el proceso sucesorio y la legislación aplicable, pueda disponer del menaje de casa que se encuentre en el extranjero.

b) Copia de la identificación oficial, expedida por la autoridad del país que se trate.

c) Acta de defunción.

d) Comprobante de domicilio donde estableció su residencia.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

I. Que las mercancías hayan formado parte del menaje de casa de la persona fallecida en el extranjero.

II. Que las mercancías hayan sido adquiridas como consecuencia del proceso sucesorio y la legislación aplicable de la persona fallecida en el extranjero.

III. Estar al corriente en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este Trámite o Servicio?

A través del correo electrónico:

autorizacionesancea@sat.gob.mx

No.

Resolución del Trámite o Servicio

El oficio de respuesta será notificado en el domicilio indicado en la solicitud o bien, puede acudir a las oficinas de la AGJ para darse por notificado.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el Trámite o Servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Tres meses.

Un mes.

Diez días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o Servicio?

¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?

Oficio de respuesta.

El ejercicio fiscal que corresponda.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

I. MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para Estados Unidos y Canadá.

II. Atención personal en las oficinas del SAT, ubicadas en diversas ciudades del país, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:30 a 16:00 horas, y viernes de 8:30 a 15:00 horas.

Las direcciones de las oficinas están disponibles en:

https://www.sat.gob.mx/portal/public/directorio

III. En los Módulos de Servicios Tributarios y Módulos de Apertura Rápida de Empresas, el horario de atención se adapta, por lo que puede ser de 8:30 hasta las 14:30 horas.

IV. Vía Chat: https://chat.sat.gob.mx

I. Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y + 55-88-52-22-22 para otros países.

II. Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

III. SAT Móvil - Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

IV. En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/portal/private/aplicacion/nueva-denuncia

Información adicional

I. El plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite se computará a partir del cumplimiento de la totalidad de los requisitos y condiciones establecidos en la presente ficha de trámite.

II. No es necesario la presentación de la declaración certificada por el consulado mexicano del lugar en donde residió la persona fallecida en el extranjero.

III. El menaje de casa comprende las siguientes mercancías usadas transmitidas por sucesión: el ajuar y bienes muebles de una casa, que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia; ropa; libros; libreros; obras de arte o científicas, que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones o galerías de arte; los instrumentos científicos de profesionistas, así como las herramientas de obreros y artesanos, siempre que sean indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio.

Los instrumentos científicos y las herramientas que se pueden importar en el menaje de casa, no podrán constituir equipos completos para la instalación de laboratorios, consultorios o talleres.

IV. Cuando la documentación presentada se encuentre en un idioma extranjero, deberás proporcionar su traducción al idioma español.

Fundamento jurídico

Artículos 61, fracción VII de la Ley, 32-D y 37 del CFF y 100, 101, penúltimo y último párrafo y 104 del Reglamento, las reglas 1.2.2. y 3.2.9. de las RGCE y 2.1.36. de la RMF.

56/LA Solicitud de autorización de prórroga del plazo de importación temporal para aviones, avionetas, helicópteros, embarcaciones especiales y artefactos navales.

Trámite

Servicio

Descripción del Trámite o Servicio

Monto

Presenta la solicitud de autorización para la prórroga del plazo de la importación temporal de aviones, avionetas, helicópteros, embarcaciones especiales y artefactos navales.

Gratuito

Pago de derechos

Costo: $

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas o morales o residentes en México o residentes en el extranjero que hayan importado temporalmente aviones, avionetas, helicópteros, embarcaciones especiales y artefactos navales.

Por lo menos tres meses previos al vencimiento del plazo de hasta diez años, contados a partir del día en que se efectúo la importación temporal.

¿Dónde puedo presentarlo?

Ante la oficialía de partes de la ACAJACE, ubicada en Avenida Hidalgo número 77, colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 horas.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?

I. Acude con la documentación del trámite ante la oficialía de partes de la autoridad mencionada en el apartado anterior.

II. Entrega la documentación a la autoridad encargada del trámite.

III. Recibe y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo

¿Qué requisitos debo cumplir?

Escrito libre, al cual deberás adjuntar la siguiente documentación:

I. Copia del instrumento notarial, del cual se desprenda que la persona que firma la solicitud, se encuentra facultada para llevar a cabo los trámites correspondientes ante la autoridad respectiva.

II. Copia de la identificación oficial vigente del solicitante.

III. Copia de pedimento o documento aduanero en donde conste la importación temporal de la mercancía, así como de sus anexos.

IV. En caso de que el importador sea un residente en el extranjero, adjuntar carta de un residente en territorio nacional que asuma la responsabilidad solidaria, en los términos del artículo 26, fracción VIII del CFF, de los créditos fiscales que lleguen a causarse por el incumplimiento de la obligación de retornar las mercancías.

V. Copia simple del contrato, convenio modificatorio y sus anexos, suscritos por el importador, así como cualquier otra documentación, en el que se advierta claramente la causa que justifique la ampliación de permanencia en territorio nacional de la mercancía.

VI. Documento y, en su caso, certificados emitidos por la autoridad competente, que acredite que la mercancía, conforme a su objeto y características, podrá realizar su función durante el plazo por el que solicita la prórroga, así como que cumple con disposiciones jurídicas nacionales e internacionales para llevar a cabo el servicio que corresponda.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

I. Para residentes en territorio nacional:

a) El estatus del domicilio fiscal debe ser "Localizado".

b) El estatus del buzón tributario deberá encontrarse como "Validado".

c) Estar al corriente en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, a través de tu opinión positiva vigente.

d) No encontrarte en el listado de empresas publicadas por el SAT, conforme a los artículos, 69, penúltimo párrafo, con excepción de la fracción VI y 69-B, cuarto párrafo del CFF.

II. Que la causa que justifique la prórroga del plazo se encuentre relacionada con la finalidad por la cual fue importada temporalmente.

III. El importador señalado en el pedimento o documento aduanero, deberá solicitar la autorización de la prórroga del plazo.

IV. No se te haya emitido y notificado la resolución que determine que emite falsos comprobantes fiscales, en términos del artículo 49 Bis del CFF.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este Trámite o Servicio?

A través del correo electrónico institucional: autorizacionesacajace@sat.gob.mx

No.

Resolución del Trámite o Servicio

I. El oficio de resolución se notificará al solicitante por buzón tributario, en su caso personalmente o por correo certificado y en el domicilio señalados para oír y recibir notificaciones.

II. En caso de que la autoridad no notifique la resolución en el plazo máximo de respuesta, se considerará que la autoridad resolvió negativamente.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el Trámite o Servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Tres meses.

Quince días.

Diez días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o Servicio?

¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?

Oficio de respuesta.

La autorización de prórroga se otorgará por el plazo en que se acredite la existencia de las causas justificadas, y no será mayor al plazo de diez años.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

I. Correo electrónico:

autorizacionesacajace@sat.gob.mx

II. Vía chat: https://chat.sat.gob.mx

I. Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y + 55-88-52-22-22 para otros países.

II. Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

III. SAT Móvil - Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

IV. En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/portal/private/aplicacion/nueva-denuncia

Información adicional

I. El plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite se computará a partir del cumplimiento de la totalidad de los requisitos y condiciones establecidos en la presente ficha de trámite.

II. Cuando la documentación presentada se encuentre en un idioma extranjero, deberás proporcionar su traducción al idioma español.

Fundamento jurídico

Artículos 106 de la Ley y 17-K, 18, 18-A, 19, 26, fracción VIII, 32-D, 49 Bis, 69, 69-B y 134, fracción I del CFF y las reglas 1.2.2., 4.2.11 y 4.2.22. de las RGCE.

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58/LA Aviso de importación temporal de mercancías que realicen los residentes en el extranjero.

Trámite

Servicio

Descripción del Trámite o Servicio

Monto

Presenta el aviso de importación temporal cuando sean utilizados por ellos mismos o por personas con las que tengan relación laboral.

Gratuito

Pago de derechos

Costo: $

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las personas residentes en el extranjero, interesadas en importar temporalmente bienes que sean utilizados directamente por ellos o por personas con las que tengan relación laboral.

Previo a la importación de las mercancías.

¿Dónde puedo presentarlo?

En la Ventanilla Digital, a través de la liga siguiente:

https://www.ventanillaunica.gob.mx

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?

I. Ingresa a https://www.ventanillaunica.gob.mx

II. Selecciona trámites de la SHCP.

III. Selecciona "Envío de avisos" del apartado "Registros de Comercio Exterior".

IV. Elije la opción "Aviso de importación temporal del artículo 106, fracción II, inciso a) de la Ley Aduanera".

V. Ingresa la información solicitada.

VI. Adjunta la información solicitada.

VII. Firma la solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

I. Identificación oficial del residente en el extranjero vigente o su homólogo en el país de procedencia, del residente en el extranjero que presentará la solicitud.

II. Pedimento de importación donde se señale el nombre de la persona residente en el extranjero y del residente en territorio nacional.

III. Original de la carta de un residente en territorio nacional que asuma la responsabilidad solidaria, conforme al artículo 26, fracción VIII del CFF, respecto de los créditos fiscales que lleguen a causarse por incumplir la obligación de retornar las mercancías importadas.

IV. Manifiesta si la mercancía importada temporalmente será utilizada directamente por el solicitante.

V. En su caso, la documentación con la que acredites la relación laboral con la persona que utilizará la mercancía a importar temporalmente.

VI. Datos del domicilio en donde se utilizará la mercancía.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

I. Los vehículos no podrán ser objeto de este trámite.

II. La solicitud debe ser presentada por el residente en el extranjero.

III. Para efectos de la fracción III del apartado "¿Qué requisitos debo cumplir?", que el residente en territorio nacional que asuma la responsabilidad solidaria cuente con lo siguiente:

a) El estatus del domicilio fiscal debe ser "Localizado".

b) El estatus del buzón tributario deberá encontrarse como "Validado".

c) Estar al corriente en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.

d) No encontrarte en el listado de empresas publicadas por el SAT, conforme a los artículos 69, penúltimo párrafo, con excepción de la fracción VI y 69-B, cuarto párrafo del CFF.

e) No se te haya emitido y notificado la resolución que determine que emite falsos comprobantes fiscales, en términos del artículo 49 Bis del CFF.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este Trámite o Servicio?

No aplica.

No.

Resolución del Trámite o Servicio

No aplica.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el Trámite o Servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

No aplica.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o Servicio?

¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?

Acuse de recibo.

No aplica.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

Vía Chat: https://chat.sat.gob.mx

I. Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y + 55-88-52-22-22 para otros países.

II. Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

III. SAT Móvil - Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

IV. En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/portal/private/aplicacion/nueva-denuncia

Información adicional

I. La documentación señalada en el apartado de "¿Qué requisitos debo cumplir?" deberás digitalizarla y transmitirla a través de la Ventanilla Digital.

II. Cuando la documentación presentada se encuentre en un idioma extranjero, deberás proporcionar su traducción al idioma español.

Fundamento jurídico

Artículos 106 de la Ley, 26, fracción VII, 49 Bis, 69 y 69-B CFF y 152 del Reglamento y las reglas 1.2.2. y 4.2.2. de las RGCE.

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61/LA Solicitud para la inscripción en el Registro del Esquema de Certificación de Empresas y aviso para su renovación.

Trámite

Servicio

Descripción del Trámite o Servicio

Monto

Presenta la solicitud para obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas bajo las modalidades de IVA e IEPS, Comercializadora e Importadora, Operador Económico Autorizado y Socio Comercial Certificado, cualquier rubro, o bien, el aviso de renovación.

Gratuito

Pago de derechos

Costo: $40,267.00 (cuarenta mil doscientos sesenta y siete pesos 00/100 m.n.)

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas o morales.

I. Cuando desees obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.

II. En caso de solicitar la renovación, debes presentarla treinta días previos al vencimiento de la vigencia del Registro.

¿Dónde puedo presentarlo?

En la Ventanilla Digital, a través de la liga siguiente: https://www.ventanillaunica.gob.mx

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?

I. Ingresa a la liga siguiente https://www.ventanillaunica.gob.mx

II. Ingresa con tu e.firma o tu usuario y contraseña.

III. Para el caso de solicitar el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, deberás realizar lo siguiente:

a) Selecciona trámites de la SHCP.

b) En el apartado de AGACE, selecciona "Registros de Comercio Exterior".

c) Selecciona "Solicitud de Registro en el Esquema Integral de Certificación".

IV. Para el caso de presentar el aviso de renovación, deberás realizar lo siguiente:

a) En el apartado de "Trámites", elije la opción "Solicitudes subsecuentes".

b) En el apartado "Folio del trámite", captura el número de folio con el que se obtuvo el Registro.

c) Selecciona "Solicitar renovación".

V. Captura la información solicitada.

VI. Adjunta la documentación solicitada.

VII. Firma la solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

A. Para la solicitud de inscripción en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, deberás adjuntar los siguientes documentos:

I. Requisitos generales:

a) Documento con el que acredites la relación laboral de las personas señaladas como enlaces operativos, por ejemplo, recibo de nómina, contrato laboral o carta firmada por el representante legal que firmará la presente solicitud.

b) Los registros patronales y las constancias de la totalidad de personal registrado ante el IMSS, del SUA, del último bimestre anterior a la fecha de presentación de la solicitud, para lo cual podrás adjuntar la primera y última hoja de las constancias.

En el caso, de la modalidad IVA e IEPS rubro A, podrás adjuntar la primera y última hoja de las constancias de al menos diez trabajadores registrados ante el IMSS, así como un listado con el nombre y clave en el RFC de dichos empleados.

c) Última declaración de retenciones de ISR por salarios, así como el comprobante que demuestre el entero de las contribuciones retenidas de los trabajadores.

d) Comprobante de pago descargado en el SIPARE, o en su caso, el comprobante de pago que sea acorde con la información del SUA de las cuotas obrero patronales del último bimestre, anterior a la presentación de la solicitud.

Aquellos comprobantes que contengan leyendas de que no tienen efectos fiscales o legales, no serán válidos para acreditar el requisito.

En caso de subcontratar servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, la documentación mediante la cual acredites el cumplimiento de lo establecido en el artículo 27, fracción V, tercer párrafo de la Ley del ISR.

e) Listado que contenga el nombre, denominación o razón y domicilio de tus clientes y proveedores en el extranjero directa o indirectamente vinculados con el régimen aduanero con el que se solicita el registro, con los que realizaste operaciones de comercio exterior durante los últimos doce meses, contados a partir de la fecha de la presentación de la solicitud. En dicho listado se deberá distinguir cuales corresponden a clientes y cuales a proveedores y, en caso de contar con los dos roles, deberán declararse en ambos.

Para el caso de la modalidad de Comercializadora e Importadora, podrás presentar un listado que contenga únicamente el nombre y domicilio de tus principales clientes y proveedores en el extranjero de los últimos doce meses.

f) Listado que contenga el nombre y la clave en el RFC de tus proveedores de insumos adquiridos en territorio nacional, vinculados al proceso bajo el régimen que solicita el registro, de los últimos seis meses contados a partir de la fecha de la presentación de la solicitud.

Para el caso de la modalidad de Comercializadora e Importadora, podrás presentar un listado que contenga únicamente el nombre y clave en el RFC de tus principales proveedores de insumos adquiridos en territorio nacional.

En caso de que no cumplas con el presente requisito, deberás adjuntar escrito libre firmado por el apoderado o el representante legal, en el que manifiestes, bajo protesta de decir verdad que no cuentas con proveedores de insumos adquiridos en territorio nacional.

g) Contrato o título de propiedad con el que acredites el legal uso o goce del inmueble o inmuebles en donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios según se trate, en el que se establezca un plazo forzoso de al menos un año de vigencia, y que le reste una vigencia de por lo menos ocho meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

En caso de contar con un contrato de subarrendamiento, deberás adjuntar el contrato de arrendamiento principal que contenga una vigencia igual o mayor a la del contrato de subarrendamiento, así como la documentación que acredite la autorización general para dar el inmueble en subarrendamiento.

h) Reporte de saldos de mercancías de importación temporal o de mercancías objeto de operaciones de comercio exterior, de un periodo de un mes, que se encuentre dentro de los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud, el cual deberá señalar de forma enunciativa, más no limitativa, la información mínima requerida para la identificación de las operaciones, por ejemplo, número de pedimento, fecha de pago o fecha de entrada, clave de pedimento, fracción arancelaria, cantidad y valor de la importación, saldo y valor de saldo.

i) Listado de los socios, accionistas, representantes legales con facultad para actos de dominio, e integrantes de la administración, que se encuentren obligados a tributar en México.

En el caso de los socios o accionistas que no se encuentren obligados a tributar en México, deberás presentar la información establecida en la ficha de trámite 39/CFF "Declaración de relación de los socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero de personas morales residentes en México que optan por no inscribirse en el RFC (Forma Oficial 96)", contenida en el Anexo 2 de la RMF, correspondiente al ejercicio fiscal en curso o del último ejercicio por el que estuvo obligado, acompañando su acuse de presentación ante el SAT.

Cuando los socios se ostenten además como miembros del consejo de administración o administrador único, deberán presentar para acreditar que no se encuentran obligados a tributar en el País, únicamente la Forma Oficial 96 con su respectivo acuse de presentación.

Tratándose del representante legal, administrador único o los miembros del consejo de administración, deberás presentar la documentación con la que acredites que dichas personas no se encuentran obligadas a tributar en México, como son, la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales con la leyenda "Sin obligaciones fiscales", constancia de residencia para efectos fiscales del país donde tributa, declaraciones fiscales del país donde se encuentren obligados a tributar o pasaporte expedido por su país de origen, etc.

j) Manifestación bajo protesta de decir verdad, en la que indiques, que ninguno de sus socios ha sido condenado por la comisión de delitos que ameriten pena corporal.

k) Manifestación bajo protesta de decir verdad, en la que indiques, no tener sanciones administrativas por la importación o exportación de mercancías.

l) Recibo de pago de derechos con el sello digital o el comprobante de pago de la institución de que se trate, realizado a través del esquema electrónico e5cinco, donde conste el pago correspondiente.

Podrás obtener la hoja de ayuda para el pago de derechos en la siguiente liga:

https://aplicacionesc.mat.sat.gob.mx/e5cinco/

Las empresas que hayan obtenido por primera vez su Programa IMMEX ante la SE, dentro de los doce meses previos a la presentación de la solicitud, podrán cumplir con los requisitos señalados en los incisos b), c) y d) de la presente fracción, con la documentación que soporte la contratación de los empleados y los CFDI de nómina expedidos a tus trabajadores contratados, asimismo, podrás cumplir con el requisito señalado en el inciso h), con el control de inventarios de conformidad con el artículo 59, fracción I de la Ley en relación con el Anexo 24 de las RGCE.

II. Modalidad IVA e IEPS:

a) Para el rubro A, además de cumplir con los requisitos señalados en la fracción I, con excepción de lo señalado en los incisos j) y k), del presente apartado, deberás adjuntar lo siguiente:

1. Para el caso de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación IMMEX:

i. CFDI, título de propiedad, pedimentos de importación propios o contratos que amparen que cuentas con el legal uso o goce de la maquinaria y equipo, con sus respectivos CFDI que amparen el pago, para llevar a cabo el proceso productivo o servicio.

En el caso de aquellas empresas que pretendan acreditar mediante la figura de grupo, dicha documentación deberá encontrarse a nombre de la empresa con la cual forma parte del grupo.

En caso de las empresas que cuenten con un Programa IMMEX, en la modalidad de tercerización, podrás acreditar el requisito a través de una de las empresas que te realiza la manufactura, para lo cual deberás presentar el contrato vigente con el que acredites la prestación del servicio; los CFDI, emitidos por el prestador por el concepto del pago del servicio y la autorización emitida por la SE, para la realización de manufactura.

ii. Fotografías de la planta productiva, así como del proceso productivo.

iii. En caso de haber declarado que realizaste constancias de transferencia de mercancías, deberás adjuntar dos constancias de transferencia de mercancías, así como un Excel con los nombres y domicilios de las empresas a las que les transferiste mercancías mediante dichas constancias y los montos en moneda nacional.

iv. Diagrama de flujo en el que describas de manera detallada tu principal proceso productivo, en términos de valor o volumen de producción, en el que se muestre el flujo de las mercancías importadas temporalmente, desde el punto de origen, punto de entrada al país, su recepción en la empresa, materiales utilizados con fracción arancelaria, almacenamiento, su integración al proceso productivo, realización de su proceso productivo o servicio, punto de salida y su destino o descargo, así como los procesos complementarios y servicios que le agregan valor a su producto final (procesos de submanufactura).

v. Contrato de maquila, de compraventa, orden de compra o de servicios, o pedidos en firme vigentes, que acrediten la continuidad del proyecto de exportación, en dichos documentos se deberá identificar la razón social de la solicitante, la vigencia del documento, las firmas de las partes.

Las empresas con que realicen las operaciones mencionadas en el párrafo anterior, deberán encontrarse en tu listado de clientes en el extranjero, en el caso de realizar operaciones de exportación con clave de pedimento "V1", del apéndice 2 del Anexo 22 de las RGCE, adicionalmente deberás adjuntar un escrito libre firmado por tu representante legal en donde manifiestes que realizas dichas operaciones, así como las empresas con las que las realizas y por lo menos un número de pedimento.

2. Las empresas que importen o pretendan importar temporalmente mercancías listadas en el Anexo II del Decreto IMMEX, o de las listadas en el Anexo 28 de las RGCE, deberás adjuntar lo siguiente:

i. Documentación con la que acredites que se realizaron operaciones al amparo del Programa IMMEX en al menos doce meses previos a la solicitud.

ii. Las empresas que formen parte de un grupo, un escrito en el que alguna de las empresas que conforman el grupo y tenga más de doce meses operando al amparo del Programa IMMEX, asuma la responsabilidad solidaria a que se refiere el artículo 26, fracción VIII del CFF, de los créditos fiscales que llegaran a originarse; así como el poder con el cual acredite la personalidad el representante legal de la empresa.

3. Para el caso de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal, además de cumplir con los requisitos señalados en la fracción II, inciso a), numeral 1, romanitos i, iii, iv y v del presente apartado, deberás adjuntar la autorización para el establecimiento de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal vigente, y no estar sujeto a un procedimiento de cancelación.

4. Para el caso de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado o recinto fiscalizado estratégico, además de cumplir con los requisitos señalados en la fracción II, inciso a), numeral 1, romanitos i, iii, iv y v del presente apartado, deberás adjuntar la autorización vigente emitida por el SAT para la elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado o recinto fiscalizado estratégico.

b) Para el rubro AA, además de cumplir con los requisitos señalados en la fracción I, con excepción de lo señalado en los incisos j) y k), del presente apartado, deberás adjuntar la documentación de por lo menos uno de los siguientes supuestos:

1. Los registros patronales y las constancias de más de mil empleados registrados ante el IMSS, del SUA, de los últimos doce meses.

2. Última declaración fiscal, CFDI o documento equivalentes, títulos de propiedad o pedimento de importación con la que acredites que el valor de tu maquinaria o equipo tiene un valor igual o mayor a $50,000,000.00 (cincuenta millones de pesos 00/100 m.n.).

En caso, de que cuentes con un crédito por parte del SAT, dentro de los doce meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud, deberás adjuntar la autorización de pago a plazos, en parcialidades o diferido, así como el comprobante de pago respectivo.

c) Para el rubro AAA, además de cumplir con los requisitos señalados en las fracciones I, con excepción de lo señalado en los incisos j) y k), y II, inciso b), segundo párrafo del presente apartado, deberás adjuntar la documentación de por lo menos uno de los siguientes supuestos:

1. Los registros patronales y las constancias de más de dos mil quinientos empleados registrados ante el IMSS, del SUA, de los últimos doce meses.

2. Última declaración fiscal, CFDI o documento equivalentes, títulos de propiedad o pedimento de importación con la que acredites que el valor de tu maquinaria o equipo tiene un valor igual o mayor a $100,000,000.00 (cien millones de pesos 00/100 m.n.).

3. Listado del total de tus proveedores de los insumos adquiridos en territorio nacional o de aquellas empresas que te transfieran mercancías a través de operaciones virtuales vinculados al proceso bajo el régimen que estas solicitando el registro y sus valores de los últimos seis meses.

III. Para la modalidad de Comercializadora e Importadora, además de cumplir con los requisitos señalados en la fracción I, excepto el inciso b), del presente apartado, deberás adjuntar la documentación con la que acredites haber efectuado en el semestre inmediato anterior a aquél en que ingreses tu solicitud, importaciones por un valor en aduana no menor a $300,000,000.00 (trescientos millones de pesos 00/100 m.n.).

IV. Para la modalidad Operador Económico Autorizado, además de cumplir con los requisitos señalados en las fracciones I y III, inciso b) del presente apartado, deberás adjuntar el formato E3 "Perfil de la Empresa" o E8 "Perfil del Recinto Fiscalizado Estratégico" contenidos en el Anexo 1 de las RGCE, según corresponda, por cada una de las instalaciones, donde se lleven a cabo operaciones de comercio exterior, así como con lo siguiente, según corresponda:

a) Para el rubro Importador y/o Exportador, adicionalmente deberás adjuntar el documento con el que acredites haber efectuado operaciones de comercio exterior durante los últimos dos años anteriores a la solicitud.

b) Para el rubro Controladora, adicionalmente deberás adjuntar lo siguiente:

1. Documento emitido por la SE, mediante el cual acredites que has sido designada como sociedad controladora para integrar las operaciones de manufactura o maquila de dos o más sociedades controladas, respecto de las cuales la controladora participe de manera directa o indirecta en tu administración, control o capital, cuando alguna de las controladas tenga dicha participación directa o indirecta sobre las otras controladas y la controladora, o bien, cuando una tercera empresa ya sea residente en territorio nacional o en el extranjero, participe directa o indirectamente en la administración, control o en el capital tanto de la sociedad controladora como de las sociedades controladas.

2. Listado de las sociedades controladas, indicando su participación accionaria, su denominación o razón social, domicilio fiscal, clave en el RFC y el monto de las importaciones y exportaciones realizadas por cada una de las sociedades.

3. Diagrama de la estructura accionaria y corporativa, así como las escrituras públicas, en las que conste la participación accionaria de la sociedad controladora y de las sociedades controladas.

4. Autorización vigente del Programa IMMEX otorgado por la SE.

c) Para el rubro Aeronaves, adicionalmente deberás adjuntar lo siguiente:

1. Autorización vigente del Programa IMMEX otorgado por la SE.

2. Permiso de la Agencia Federal de Aviación Civil de la SICT, para el establecimiento de talleres de aeronaves, cuando las empresas realicen dichos procesos.

d) Para el rubro SECIIT, adicionalmente deberás adjuntar lo siguiente:

1. Programa IMMEX vigente y contar con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad de IVA e IEPS, en los rubros AA o AAA.

2. Dictamen favorable emitido por la Asociación Civil, Cámaras o Confederación autorizada conforme a la regla 7.1.9. de las RGCE, con el que acredite el cumplimiento de lo previsto en los "Lineamientos del Sistema Electrónico para el Control de Inventarios de Importaciones Temporales", de conformidad con la regla 7.1.10. de las RGCE.

3. Cumplir con alguno de los siguientes supuestos:

i. Con la fracción II, inciso b), numeral 1 del presente apartado.

ii. Documentos con los que acredites que cuentas con activos fijos de maquinaria y equipo por un monto equivalente en moneda nacional a 30,000,000 (treinta millones) de dólares de los Estados Unidos de América.

iii. Documento con el que acredites que cotizas en mercados reconocidos en términos del artículo 16-C del CFF.

En el caso de que no cotices en mercados reconocidos, podrás presentar la documentación que demuestre que al menos el 51% de tus acciones con derecho a voto, son propiedad en forma directa o indirecta de una empresa que cotiza en mercados reconocidos.

4. Documento con la que acredites que los medios de transporte que utilizarás para el traslado de las mercancías de importación cuyo destino final sea fuera de la franja o región fronteriza, cuentan con sistemas de rastreo.

5. Diagrama de flujo que describa la operación de tu SECIIT, y que el mismo cumple con el Anexo 24, apartado B de las RGCE y con los lineamientos que al efecto emita la AGACE, así como que la autoridad aduanera cuenta con acceso electrónico en línea de manera permanente e ininterrumpida, lo cual será verificado por la autoridad aduanera en la visita de inspección; así como un diagrama de flujo del sistema electrónico de control corporativo de sus operaciones.

e) Para el rubro Textil, adicionalmente deberás cumplir con lo siguiente:

1. En relación con el requisito señalado en la fracción I, inciso b) del presente apartado, las constancias y el listado serán de al menos treinta empleados.

2. En relación con el requisito señalado en la fracción I, inciso d) del presente apartado, los comprobantes serán de al menos treinta empleados.

f) Para el rubro Recinto Fiscalizado Estratégico, adicionalmente deberás adjuntar la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior de conformidad con los artículos 14 y 14-A de la Ley.

g) Para el rubro Tercerización Logística, adicionalmente deberás adjuntar el contrato con el que acredites la relación comercial, en caso de contar con terceros para la prestación de servicios aduaneros, almacenaje, traslado o distribución de mercancías de comercio exterior, así como el listado que contenga el nombre, denominación o razón social, clave en el RFC y el tipo de Registro de cada uno de los terceros contratados.

Para los socios del programa denominado CTPAT, podrán acreditar los formatos E3 "Perfil de la Empresa" o E8 "Perfil del Recinto Fiscalizado Estratégico" contenidos en el Anexo 1 de las RGCE, según corresponda, con los siguientes documentos:

a) Reporte de validación emitido en un periodo no mayor a tres años a la fecha que se presente la solicitud, a través del cual te acredites como socio del programa CBP (CTPAT), con estatus certificado-validado, para cada una de las instalaciones validadas por CBP (CTPAT).

b) Documentación con la que acredites que cumples con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato E3 "Perfil de la empresa" contenido en el Anexo 1 de las RGCE, únicamente por las instalaciones no validadas por CBP (CTPAT).

En caso de contar con unidades de transporte propio, podrás solicitar el presente Registro simultáneamente con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Socio Comercial Certificado, rubro Auto Transportista Terrestre, adjuntando lo siguiente:

a) Formato denominado E5 "Perfil del Auto Transportista Terrestre", contenido en el Anexo 1 de las RGCE, cumpliendo con los estándares mínimos en materia de seguridad.

b) Permiso único para operar el transporte privado de carga vigente expedido por la SICT.

c) Escrito libre en el que manifiestes bajo protesta de decir verdad, el número de unidades propias con las que cuentas para operar el transporte privado de carga.

d) Documento con el que acredites estar inscrito en el CAAT, de conformidad con la regla 2.4.5. de las RGCE.

V. Modalidad Socio Comercial Certificado:

a) Para el rubro Auto Transportista Terrestre, además de cumplir con los requisitos establecidos en la fracción I, excepto los incisos e) y f), del presente apartado, para lo cual deberás adjuntar lo siguiente:

1. Documento con el que acredites que realizas operaciones de autotransporte terrestre federal.

2. Formato denominado E5 "Perfil del Auto Transportista Terrestre" contenido en el Anexo 1 de las RGCE, por cada instalación donde se lleve a cabo el manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, por tramo o por la red completa según sea el caso.

3. Documentación con la que se acredite que los medios de transporte que utilizará para el traslado de las mercancías, cuentan con sistemas de rastreo conforme a lo establecido en el formato denominado E5 "Perfil del Auto Transportista Terrestre" contenido en el Anexo 1 de las RGCE.

4. En caso de tratarse de empresas porteadoras, el documento con la que acredites estar inscritos en el CAAT, de conformidad con la regla 2.4.5. de las RGCE.

5. Documento con el que acredites dos años de experiencia en la prestación de servicios de autotransporte de mercancías.

6. Permiso vigente, expedido por la SICT para prestar el servicio de autotransporte federal de carga.

7. Escrito libre en el que manifiestes bajo protesta de decir verdad, el número de unidades propias o arrendadas que utilizas para la prestación del servicio.

En caso de contar con unidades arrendadas, deberás adjuntar el contrato con el que acredites el arrendamiento de dichas unidades.

8. Contrato o título de propiedad con el que acredites el legal uso o goce de instalaciones, utilizadas para el resguardo de tus unidades y para la operación de la matriz.

Para los socios del programa denominado CTPAT, podrán acreditar el requisito señalado en el numeral 2, inciso a) de la presente fracción, con los siguientes documentos:

1. Reporte de validación emitido en un periodo no mayor a tres años a la fecha que se presente la solicitud, a través del cual acredite a la solicitante como socio del programa CTPAT, con estatus certificado-validado, para cada una de las instalaciones certificadas y validadas por CBP.

2. Documentación con la que acredites que cumples con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato E5 "Perfil del Auto Transportista Terrestre", contenido en el Anexo 1 de las RGCE, únicamente por las instalaciones no validadas por CBP.

b) Para el rubro Agente Aduanal, además de cumplir con los requisitos establecidos en la fracción I, excepto los incisos e), f) y g) del presente apartado, deberás adjuntar lo siguiente:

1. Formato denominado E4 "Perfil del Agente Aduanal" contenido en el Anexo 1 de las RGCE, con el que se acredite cumplir con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato citado.

2. Documentación con la que acredites:

i. Que la patente aduanal esté activa y no se encuentra sujeta a un proceso de suspensión, cancelación, extinción o suspensión voluntaria a que se refieren los artículos 164, 165 y 166 de la Ley, ni haber estado suspendida o cancelada en los tres años anteriores a aquél en que solicitan la inscripción en el registro.

ii. Haber promovido por cuenta ajena el despacho de mercancías en los dos años anteriores a aquél en que solicitas el Registro.

c) Para el rubro Transportista Ferroviario deberás adjuntar lo siguiente:

1. Los requisitos establecidos en la fracción I, excepto con los incisos e) y f) del presente apartado.

2. Los requisitos señalados en el inciso a), numerales 7 y 8 de la presente fracción.

3. Formato E9 "Perfil del Transportista Ferroviario" contenido en el Anexo 1 de las RGCE, por cada una de las instalaciones, donde se lleve a cabo el manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, por tramo o por la red completa, según sea el caso.

4. Concesión o el permiso vigente, expedido por la SICT para prestar el servicio de transporte ferroviario de carga.

5. Documentación con la que acredites que cuentas con unidades propias o arrendadas, en comodato u otra figura jurídica con la que acredites la posesión de las mismas, que utilizas para la prestación del servicio.

6. Documentación con la que acredites que los medios de transporte que utilizarás para el traslado de las mercancías, cuentan con sistemas de rastreo conforme a lo establecido en el formato denominado E9 "Perfil del Transportista Ferroviario" contenido en el Anexo 1 de las RGCE.

7. Documentación con la que acredites dos años como mínimo de experiencia en la prestación de servicios de transporte de mercancías por ferrocarril, anteriores a aquél en que solicites el Registro del Esquema de Certificación de Empresas.

d) Para el rubro Parque Industrial, además de cumplir con los requisitos establecidos en la fracción I, excepto los incisos e) y f) del presente apartado, deberás adjuntar lo siguiente:

1. Formato denominado E10 "Perfil del Parque Industrial" contenido en el Anexo 1 de las RGCE, por cada Parque Industrial.

2. Documento emitido por la SEMARNAT sobre el impacto ambiental a la norma "NMX-R-046-SCFI-2015, Parques Industriales-Especificaciones".

e) Para el rubro Recinto Fiscalizado, además de cumplir con los requisitos establecidos en la fracción I, excepto los incisos e) y f) del presente apartado, deberás adjuntar el formato denominado E8 "Perfil del Recinto Fiscalizado", contenido en el Anexo 1 de las RGCE, por cada instalación autorizada.

f) Para el rubro Mensajería y Paquetería, adicionalmente deberás adjuntar lo siguiente:

1. Formato denominado E6 "Perfil de Mensajería y Paquetería", contenido en el Anexo 1 de las RGCE, cumpliendo con los estándares mínimos de seguridad establecidos en dicho perfil, por cada una de las instalaciones donde procesan mercancías de comercio exterior.

2. Los documentos, con los que acredites que las aeronaves en las que realizan la transportación de documentos y mercancías son propiedad de la empresa de mensajería y paquetería o bien de alguna de sus empresas filiales, subsidiarias o matrices nacionales o extranjeras.

En su caso, el contrato de servicios con una vigencia mínima de cinco años, y no menor a un año a la fecha de tu solicitud, celebrado de forma directa o a través de sus matrices, filiales o subsidiarias, con un concesionario o permisionario debidamente autorizado por la SICT, mediante el cual pongan a disposición para uso dedicado de las actividades de la empresa de mensajería o paquetería al menos treinta aeronaves y que provea frecuencias regulares a los aeropuertos donde dicha empresa realiza el despacho de los documentos o mercancías.

3. Registro de rutas aéreas o aerovías dentro del espacio aéreo nacional ante la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SICT.

4. Concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior de conformidad con los artículos 14 y 14-A de la Ley.

5. Dictamen de estados financieros para efectos fiscales, correspondiente al último ejercicio fiscal por el que estés obligado a la fecha de la presentación de la solicitud de inscripción en el registro de empresas, en el que se acredite que cuentas con una inversión mínima en activos fijos por un monto equivalente en moneda nacional a 1,000,000 (un millón) de dólares de los Estados Unidos de América.

Tratándose de empresas de mensajería y paquetería que pertenezcan a un mismo grupo, además de cumplir con el párrafo anterior, deberás anexar la documentación que acredite de forma directa o a través de una empresa operadora que forme parte del mismo grupo, lo siguiente:

1. Escrito libre en el que manifiestes bajo protesta de decir verdad la denominación o razón social, domicilio fiscal y clave en el RFC de cada una de las empresas que integran el grupo.

2. Contrato de servicios, celebrado de forma directa o a través de una empresa operadora que forme parte del mismo grupo, que cuente con concesión o permiso autorizado por la SICT, mediante el cual ponga a tu disposición para uso exclusivo de las actividades de mensajería y paquetería al menos tres aeronaves y provea frecuencias regulares a los aeropuertos donde las empresas de mensajería y paquetería realizan el despacho de los documentos o mercancías.

3. Documento con el que acredites que cuentas de forma directa o a través de una empresa que forme parte del mismo grupo, con concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior de conformidad con los artículos 14 y 14-A de la Ley.

4. Diagrama de la estructura accionaria y corporativa, así como las escrituras públicas, en las que conste la participación accionaria de las empresas solicitantes.

g) Para el rubro Almacén General de Depósito, además de cumplir con los requisitos establecidos en la fracción I, excepto los incisos e) y f) del presente apartado, deberás adjuntar lo siguiente:

1. Formato denominado E11 "Perfil del Almacén General de Depósito" contenido en el Anexo 1 de las RGCE, por cada local, instalación, bodega o sucursal que el almacén general de depósito determine.

2. Autorización vigente para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías destinada al régimen de depósito fiscal.

B. En el caso del aviso de renovación del registro, deberás continuar cumpliendo con las circunstancias por las que se te otorgó el registro, no han variado y que continúas cumpliendo con los requisitos inherentes a la misma, por lo que, deberás seleccionar la casilla correspondiente en Ventanilla Digital.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

I. Contar con e.firma vigente.

II. Estar al corriente en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales y haber autorizado al SAT para hacer pública la opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales en términos de la regla 2.1.24. de la RMF.

III. Cumplir con la obligación de retener y enterar el ISR de los trabajadores que realizan el proceso productivo o prestan en servicio, según corresponda.

IV. No encontrarte en el listado de empresas publicadas por el SAT, conforme a los artículos 69, con excepción de la fracción VI, 69-B, cuarto párrafo o 69-B Bis, noveno párrafo del CFF.

V. Contar con certificados de sellos digitales vigentes, así como no encontrarte en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 17-H Bis, del CFF, durante los últimos doce meses, anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de registro.

VI. Tener registrados ante el SAT los domicilios en los que realices actividades vinculadas con el programa de maquila o exportación o utilices para el desarrollo de tus actividades económicas y de comercio exterior, en términos de los artículos 27, apartado B, fracciones II y III del CFF y 29, fracción VIII del Reglamento del CFF.

VII. Contar con medios de contacto actualizado para efectos del buzón tributario, en términos del artículo 17-K, penúltimo párrafo del CFF.

VIII. No estar suspendido del Padrón de Importadores, en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o en el Padrón de Exportadores Sectorial.

IX. Que el SAT, no haya interpuesto querella o denuncia penal en contra de los socios, accionistas, representante legal o integrantes de la administración de la empresa solicitante o, en su caso, declaratoria de perjuicio; durante los últimos tres años anteriores a la presentación de la solicitud.

X. Llevar el control de inventarios de conformidad con el artículo 59, fracción I de la Ley, en relación con el Anexo 24 de las RGCE.

XI. Llevar la contabilidad en medios electrónicos e ingresarla mensualmente a través del portal del SAT, de conformidad con el artículo 28, fracciones III y IV del CFF y las reglas 2.8.1.5. y 2.8.1.6. de la RMF.

XII. Los socios o accionistas, representante legal con facultad para actos de dominio e integrantes de la administración, así como los mandatarios, se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

XIII. Los socios o accionistas, representantes legales con facultad para actos de dominio e integrantes de la administración, no se encuentren vinculados con alguna empresa a la que se le hubiere cancelado su Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.

XIV. Haber realizado el pago del derecho a que se refiere el artículo 40, inciso m) de la LFD, en relación con el Anexo 4 "Cantidades actualizadas establecidas en la LFD para 2026" de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud.

XV. Tratándose de la Modalidad IVA e IEPS, rubro A, deberás acreditar que cumples con lo siguiente:

a) La obligación de emitir CFDI de nómina a tus trabajadores, de conformidad con los artículos 29 y 29-A del CFF, 99 de la Ley del ISR y las reglas 2.7.1.8. y 2.7.5.1. de la RMF.

b) Infraestructura necesaria para realizar la operación del Programa IMMEX, el proceso industrial o de servicios de conformidad con la modalidad de su Programa, para lo cual la autoridad aduanera podrá realizar en todo momento, inspecciones en los domicilios o establecimientos en los que se realizan operaciones.

c) Haber importado temporalmente mercancías al amparo de su Programa IMMEX y retornarlas, durante los últimos doce meses, al menos el 60% del valor total de las importaciones temporales de insumos realizadas en el período señalado.

XVI. En caso de haber contado previamente con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad de IVA e IEPS o haber garantizado el interés fiscal de IVA e IEPS, deberás estar al corriente en el cumplimiento de tus obligaciones relativas al Anexo 30 de las RGCE.

XVII. Las empresas que importen o pretendan importar temporalmente mercancías listadas en el Anexo II del Decreto IMMEX, o de las listadas en el Anexo 28 de las RGCE, no podrán presentar la solicitud de registro en el esquema de certificación de empresas si han operado durante

Fuente oficial: consultar publicación

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