Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. EL AVISO-RECIBO QUE EXPIDE POR CONCEPTO DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA ES IMPUGNABLE ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, AUN CUANDO NO TENGA LA CALIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO.

Clave: I.4o.A.803 A (9a.) · Registro digital (IUS): 160940 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro I, Octubre de 2011; Tomo 3; Pág. 1612

Del examen integral y sistemático de los artículos 1, segundo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 14, fracciones VII y XII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y 2o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo se advierte que al establecer el legislador que el primero de los mencionados ordenamientos es aplicable tanto a los "actos de autoridad" que emitan los organismos descentralizados de la administración pública federal paraestatal, como a los servicios que el Estado preste de manera exclusiva y a los contratos que los particulares sólo pueden celebrar con él, y que contra éstos procede el recurso de revisión previsto en su artículo 83, incluyó el cuestionamiento de diversos actos de la administración en la competencia por materia de la justicia contencioso administrativa, aun cuando no tengan la calidad de actos administrativos. Consecuentemente, el aviso-recibo que por concepto de suministro de energía eléctrica expide la Comisión Federal de Electricidad, es impugnable ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, a pesar de que no sea un acto administrativo sino uno proveniente de un organismo de la administración pública paraestatal, derivado de los servicios que el Estado presta de manera exclusiva a través de aquél, pues dicha provisión legislativa se inscribe y toma en cuenta la tendencia actual de ampliar y complementar la jurisdicción contencioso administrativa, de forma que no se limite únicamente al cuestionamiento de actos administrativos, y atiende a la importancia de satisfacer las necesidades siguientes: a) contar con una institución que pueda suspender los actos impugnados, especialmente cuando derivan de contratos de adhesión que prevén modalidades de autoejecución; y b) reclamar la existencia o violación de un derecho subjetivo y dirimir conflictos derivados de un contrato celebrado con la administración pública federal paraestatal, que son actos peculiares de la administración con matices específicos que los distinguen tanto de los de particulares, como de los administrativos en general. Lo anterior con el objeto de propiciar una tutela judicial efectiva que permita la adecuada defensa de quien pueda resultar afectado por los actos y declaraciones de voluntad de la administración, regidas por el derecho administrativo, aunque distintas del concepto de acto administrativo.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/160940-471d3470/comision-federal-de-electricidad-el-aviso-recibo-que-expide · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 159/2011. Productora Comercializadora y Editora de Libros, S.A. de C.V. 11 de agosto de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Antonio Nazar Sevilla. Secretaria: Ángela Alvarado Morales.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis